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1

Reforma del escrito publicado en 1848 con el título de A LA CORTE Y A LOS PARTIDOS.

 

2

Esta medida ya se tomó en Francia el año de 1819, y el año anterior en Portugal, respecto de la Cámara de los Pares.

 

3

Créese generalmente que en Galicia no se consume trigo por la pobreza del país. Es un error crasísimo. El pan detestable y moreno de que se alimentan en gran parte los habitantes de aquellas provincias, y que consumen abundantemente, les cuesta tan caro como vale el más exquisito pan blanco en las plazas de Castilla. No conocemos las montañas de Cataluña; pero nos inclinamos a creer que sucede lo mismo.

 

4

He aquí el texto original de esta sentencia:

«En Villalar a veinte e cuatro días del mes de abril de mil e quinientos e veinte e un años, el señor alcalde Cornejo, por ante mí Luis Madera, escribano, recibió juramento en forma debida de derecho de Juan de Padilla, el cual fue preguntado si ha seido capitán de las comunidades, e si ha estado en Torre de Lobatón peleando con los Gobernadores de estos reinos contra el servicio de SS. MM.; dijo que es verdad que ha seido capitán de la gente de Toledo, o que ha estado en Torre de Lobatón con las gentes de las comunidades, e que ha peleado contra el Condestable e Almirante de Castillo, Gobernadores de estos reinos, e que fue a prender a los del Consejo e alcaldes de SS. MM.

Lo mismo confesaron Juan Bravo e Francisco Maldonado haber seido capitanes de la gente de Segovia e Salamanca.

Este dicho dio los señores alcaldes Cornejo e Salmerón e Alcalá dijeron que declaraban o declararon a Juan de Padilla e a Juan Bravo e a Francisco Maldonado por culpantes en haber seido traidores de la Corona Real de estos reinos, y en pena de su maleficio dijeron que los condenaban e condenaron a pena de muerte natural e a confiscación de sus bienes e oficios para la cámara de SS. MM. como a traidores, e firmáronlo. -Doctor Cornejo. -El Licenciado Garci Fernández. -El Licenciado Salmerón.

E luego incontinente se ejecutó la dicha sentencia, e fueron degollados los susodichos. E yo el dicho Luis Madera, escribano de SS. MM. en la su corte e en todos los sus reinos e señoríos, fui presente a lo que dicho es, e de pedimento del Fiscal de SS. MM. lo susodicho fize escribir e fiz aquí este mío sino atal. -En testimonio de verdad. -Luis Madera.»

 

5

Justificada se halla esta previsión por los Puseístas.

 

6

Este hecho no le hemos visto publicado en ninguna Historia contemporánea, ni en las Memorias del Príncipe de la Paz; pero nos consta de una manera indudable y auténtica; y como nosotros, lo saben personas muy respetables de esta capital, a cuya autoridad lo debemos.

 

7

Un hombre de talento, extranjero, decía a este propósito que ciertos diplomáticos se parecen a los chicos que suelen ir delante de la música de los regimientos, figurando con las manos o con un palo, a guisa de trompa, y ahuecando sus voces chillonas, que tocan; y acaban por creérselo ellos mismos, y por persuadirse o de que forman parte de las bandas... o acaso, acaso, de que las dirigen.

 

8

Byron, Child Harold. Canto último.

 

9

Con una excepción sin embargo. La España neutral no ofrece a nadie peligro alguno en la integridad peninsular. La alianza demasiado estrecha con la Francia varía la cuestión. He aquí a dónde nos lleva la política de Luis XIV.

 

10

Ya se habrá echado de ver que bajo el nombre de poder entendemos la Corona.