Datos nuevos referentes a Beatriz Enríquez
de Arana y los Aranas de Córdoba, encontrados por
D. Rafael
Ramírez de Arellano
Rafael Ramírez de Arellano
—461→
En el verano de
1892, pasando de Málaga á Madrid para instalar en la
Exposición colombina los objetos de arte que enviaba la
citada capital andaluza, nos detuvimos en Córdoba muy pocos
días. Al llegar supimos que el Ayuntamiento había
acordado dar á una calle el nombre de Beatriz
Enríquez de Arana, madre de D. Fernando Colón y amante del
célebre descubridor del Nuevo Mundo, y que, además,
había abierto un concurso para premiar la mejor memoria en
que se probara el casamiento de Cristobal Colón con la
cordobesa.
Todo estaba
preparado para colocar, con toda pompa, el rótulo en la
calle y hechas las citaciones para el acto de distribución
de premios del certamen. Casi no nos quedaba tiempo para combatir
tan descabelladas ideas; pero como teníamos á nuestra
disposición la rica biblioteca de nuestro inolvidable
tío el marqués de la Fuensanta del Valle, acudimos
á ella, y, en pocas horas, redactamos un artículo que
se publicó en el periódico La Unión, oponiéndonos
á que se perpetuase el nombre de una cordobesa cuya
única celebridad consistía en haber sido un poco
ligera de cascos, aunque fuese la querida de un gran viajero y la
madre de un escritor insigne.
Valiéndonos
de los testamentos de D. Cristóbal y D. Diego Colón, de algunas
frases del padre Las Casas y del silencio que para su madre guarda
el fundador de la biblioteca colombina, pudimos convencer al
Ayuntamiento de que Beatriz Enríquez había sido una
pobre muchacha seducida, que no fué esposa de Colón,
que éste, según se cree, no era aún viudo
cuando engendró á D. Fernando, y que no había celebridad
plausible en aquella mujer para que se diera su nombre á una
calle, mucho más cuando tal nombre sólo sería
un padrón de deshonra. El Ayuntamiento —462→
oyó nuestras razones y el rótulo no se puso,
pero se adjudicó el premio á una desdichada memoria
que reproducía, con distintas palabras, las fábulas
consignadas por el Dr. D. Andrés de Morales y Padilla en su
Historia de Córdoba,
que dejó inédita en el archivo de la
Corporación municipal. El laureado escritor casaba á
Colón, hacía de la Enríquez una dama de la
primera nobleza que, con sus encantos, retuvo en Córdoba al
almirante y le presentó y recomendó á la
Reina; en una palabra, á ella ó á sus hermosos
ojos, como dice el Duque de Rivas, se debió el
descubrimiento de América, y no contento con ésto, la
llevó de viaje por donde mejor quiso y la hizo pasear del
brazo de Don Fernando el Católico por las calles de
Barcelona.
Fuerza será
omitir el nombre del autor y mucho más el de los
señores del jurado que premiaron tan monstruoso engendro, si
hemos de ejercer de algún modo la caridad cristiana. La
Memoria no se publicó y ni existe el manuscrito en el
archivo de la ciudad.
No volvimos
á ocuparnos de este asunto porque creíamos agotado el
tema con lo que entonces se escribió en España,
Francia y Portugal, y habían pasado algunos años,
cuando, un día, hojeando un manuscrito en la biblioteca
colombina, en el folio 38 del tomo LXXII, de varios en folio, nos
encontramos este apunte, entre otros, referentes á
escrituras cordobesas.
«Escrituras
ante P.º González Escribano, cuyo oficio año
1636 tenia Jerónimo Gutiérrez.
Codicilo de
Rodrigo de Arana, hijo de Juan Enríquez de Arana, heredero
á Diego de Arana, su hijo, y Catalina Arana, su nieta,
natural de Trassierra, casado con Lvcía Ruales. 4 Agosto de
1489.»
Desde el primer
momento nos pareció que era éste un documento
interesante para poner en claro la progenie de D. Fernando Colón, y nos
decidimos á buscarle. Vinimos á Córdoba,
pedimos permiso para hacer la investigación al archivero de
protocolos D.
Sebastián Pedraza que nos lo dió inmediatamente, y
puesta mano á la obra, hallamos y leímos el codicilo
precioso que lleva el número IV entre los documentos justificativos
del presente trabajo.
Rodrigo de Arana
es el nombre de uno de los que se dice acompañaron
—463→
á Colón en su primer viaje1,
y quedó en guarda del fuerte de la Navidad en la isla
Española. Otros le llaman Diego. Era primo de Beatriz
Enríquez. Esto creíamos antes de leer el codicilo;
después pensamos de distinta manera. Leído el
documento, encontramos que Rodrigo de Arana era hijo de Juan
Enríquez de Arana, que, estando enfermo en Trassierra, hizo
testamento en 31 de Julio de 1489, ante el escribano Diego de
Córdoba, y que, siguiendo enfermo, hizo codicilo en la
collación de Santo Domingo, cuyo vecino era, ante Pedro
González, para reformar algunas cláusulas de la
escritura anterior. Seguía enfermo, y es probable que
muriese entonces. Debía ser viejo puesto que tenía
una nieta. Lo primero interesante que de allí dedujimos es
que el hijo se llamaba Diego de Arana y que el Rodrigo no era
primo, sino tío de Beatriz; por consiguiente, el defensor
del fuerte de Navidad se llamaba Diego, positivamente. En
ésto coincide el codicilo con el padre Las Casas, que
conoció mucho á esta familia y siempre le nombra de
esta manera en los pasajes siguientes2.
La primera vez que
el padre Las Casas le nombra es después de referir el
naufragio de Colón en las costas de la Española la
nochebuena de 14923,
en que dice: «Envió luego el
almirante á Diego de Arana, de Córdoba, alguacil
mayor de la Armada, á hacer saber al rey Guacanagarí,
que le había enviado á convidar, el desastre y
fortuna que le había sucedido.»
Más
adelante, hecho el fuerte de Navidad y decidido el regreso á
España, «eligió para quedar en
aquesta tierra y en aquella fortaleza e villa de Navidad, 39
hombres los más voluntarios y alegres y de mejor
disposición y fuerzas para sufrir los trabajos, que entre
los que allí consigo tenía, hallar pudo.
Dejóles por capitán á Diego de Arana, natural
de Córdoba, y escribano y alguacil con todo su poder
cumplido, como él lo tenía de los Católicos
Reyes»
4. Poco
después, al despedirse de Guacanagarí, «le dijo cómo determinaba partirse, y que
dejaba aquellos cristianos allí para que le
acompañasen y sirviesen, y defendiesen de los caribes... por
tanto, que se los encomendaba mucho mirase por ellos, especialmente
por Diego de Arana, y Pero Gutiérrez y Rodrigo de Escobedo
que dejaba por sus tenientes...»5.
Mal les fué
á los 39 hombres en el fuerte, si bien parece fué
—464→
castigo de sus pecados lo que les sucedió, pues como
final del desastre6«vino el dicho rey Caonabo con mucha gente
á la fortaleza donde no había más del Diego de
Arana, el capitán, y otros cinco... y de noche puso fuego
á la fortaleza y á las casas donde aquellos estaban,
porque no estaban, por ventura, en la fortaleza, los cuales,
huyendo hacia el mar se ahogaron.»
Como se ve ni una
sola vez dice el obispo de Chiapa Rodrigo, y siempre escribe Diego;
pero aún le nombra otra vez7
al hablar de la tercera expedición del almirante, que
salió de Sanlúcar de Barrameda el 30 de Mayo de 1498,
y «puso por capitán de un
navío á Pedro de Arana, natural de Córdoba,
hombre muy honrado, y bien cuerdo, el cual yo muy bien
cognoscí, hermano de la madre de D. Hernando Colón, hijo segundo del
almirante y primo de Arana, el que quedó en la fortaleza con
los 38 hombres que halló á la vuelta muertos el
almirante...»
El padre Las Casas
debió oir este relato de labios del propio Pedro de Arana y
saber de él (puesto que también lo conoció),
que Diego era su primo. No cabe duda de que el muerto
lastimosamente en el fuerte de Navidad se llamaba Diego, y era
primo de Beatriz Enríquez, y no cabe duda tampoco de que es
el mismo de quien se habla en el codicilo de Rodrigo de Arana, su
padre. No estará el lector tan convencido como nosotros,
pero nos dara la razón del todo cuando sepa que Rodrigo de
Arana dice en la escritura citada que Beatriz Enríquez era
su sobrina, con estas palabras8:
«E por
cuanto mandó que ficiese cuenta con Beatriz Enríquez
su sobrina, hija de Pedro de Torquemada, e si algo le alcanzase que
lo cobrase, manda que non faga cuenta con ella ni le pidan cosa
alguna por que le face gracia de lo que le debe, e si algo le
debiere.»
Es concluyente que
Beatriz Enríquez y Diego de Arana eran primos; pero
preguntará el lector, como nos preguntamos nosotros
entonces, si esta Beatriz, hija de Pedro de Torquemada, es la
Beatriz amada por el descubridor de América. Algunos
años hemos tardado en podernos contestar de una manera
satisfactoria, hasta el pasado de 1899 en que, por Noviembre, de
una manera constante nos dedicamos á investigar en el
archivo de protocolos cuantos —465→
documentos pudiéramos, sobre escritores, artistas y
hechos cordobeses. Cerca de un año hemos dedicado á
ésto sin faltar día, acompañados del
paleógrafo D.
José López Auto, diligente archivista del
Ayuntamiento de Córdoba, y nuestros afanes han sido
coronados del éxito más lisongero. Hemos podido
completar la biografía de Pedro Tafur, de quien sólo
se sabía que escribió un itinerario á
Oriente9,
la de Gonzalo de Ayora, de quien sólo había datos
obscuros é incompletos, hemos encontrado los testamentos de
Antón de Montoro y Lope de Rueda, muchos documentos de
D. Luís de
Góngora, Ambrosio de Morales y Gonzalo de Saavedra el autor
de Los pastores del Betis,
los nombres y obras de muchos artistas notabilísimos hasta
ahora desconocidos10,
y, por último, el testamento y el inventario de bienes de la
madre de Beatriz Enríquez y de Pedro de Arana, ambos hijos
de Pedro de Torquemada, que son los mismos á quienes se
refiere el último texto copiado de la Historia de las Indias. Estos
documentos llevan los números II y III al final de este trabajo.
Lástima
grande ha sido no poder hallar el testamento de Rodrigo de Arana,
hecho en Trassierra el 31 de Julio de 1489, porque en él,
con más amplitud que en el codicilo, se dirá
qué clase de cuentas eran las pendientes entre él y
su sobrina Beatriz, tal vez la clase de servicio que ésta le
prestara y hasta se vislumbrará, porque tal vez enojado con
ella manda que se le cobre y cuatro días después le
hace merced de la deuda. El documento no se ha encontrado porque de
la escribanía de Trassierra no hay más que un libro
de fechas más modernas.
Del documento
número II resulta que
Pedro de Torquemada murió antes del 2 de Junio de 1471 en
que testó su mujer Ana Núñez de Arana. Era
ésta hija de Pedro Núñez de Arana, difunto, y
de Leonor Núñez, que le sobrevive. Tenía una
hermana llamada Mayor Enríquez de Arana, y del matrimonio de
Ana Núñez y de Pedro de Torquemada quedaron dos
hijos, Pedro de Arana y Beatriz de Arana, ó sean, la amada
de Colón y el capitán de uno de los navíos que
salieron de Sanlúcar en 1498. Creemos que estos datos bastan
para identificar la persona de quien venimos hablando. Ana
Núñez murió el mismo día en que
dictó su última voluntad, según se desprende
del principio del inventario.
—466→
Hemos encontrado
también el testamento de Pedro de Torquemada, en un tomo
formado de restos de escrituras, colocados sin orden ni concierto,
pero tan deteriorado que sólo se puede leer de él lo
que ponemos entre los documentos al número I y no ofrece nada interesante, ni
siquiera la fecha que está destruida como la mayor parte del
instrumento.
Otra escritura, la
que lleva el número VI, está falta del principio, y
no se sabe qué persona fuese la que testó en 12 de
Mayo de 1478. Sólo se sabe por el contenido de lo que queda
que era una mujer, al parecer, en posición desahogada, y
soltera ó viuda sin hijos, puesto que deja por heredera
á la Santa Cruzada. Manda esta dama incógnita
á su sobrino Rodrigo de Arana 1.000 maravedises, á su
sobrina Mayor Enríquez 2.000 maravedises y á sus
hermanas Catalina Rodríguez, viuda de Juan de Torres, y
Elvira González, viuda de Martín Molina 2.000
maravedises á cada una. Nombra otro sobrino, clérigo,
capellán de San Pedro, llamado Juan García de
Saucedo.
De estos
parentescos podría conjeturarse que Rodrigo de Arana, Mayor
Enríquez y Ana Núñez fuesen hermanos si no
supiésemos por el codicilo del primero y el testamento del
último que no son hijos del mismo padre, pero
parécenos verosímil que Pedro Núñez de
Arana, abuelo materno de Beatriz Enríquez, fuese hermano de
Juan Enríquez de Arana, padre de Rodrigo y abuelo de Diego
de Arana, el que murió en el fuerte de Navidad.
Rodrigo de Arana
debió ser casado dos veces, siendo del primer matrimonio el
hijo Diego. En segundas nupcias casó con lucía
Núñez, y no Ruales como dice el asiento del
códice colombino11,
quien también sería viuda al tiempo en que
casó con Arana. Así se desprende del testamento de
ésta (documento núm. V), donde instituye herederos á
su hermana Leonor Gutiérrez y á su hijo Diego de
Góngora12
y no nombra para nada á Diego de Arana y á Catalina,
hijo y nieta de su marido.
De todo esto
deducimos que Diego de Arana era primo segundo de Beatriz
Enríquez y los padres de éstos primos hermanos.
Respecto á la condición social de esta gente, puede
asegurarse que pertenecían al estado llano, aunque tuviesen
algunos bienes de fortuna. Pruébalo el que Pedro de Arana
aparece entre los —467→
criados de D.
Fernando Colón en el testamento de éste publicado por
Mr. Harrisse, y aún
más el que en 27 de Octubre de 1472 un Lope de Arana, hijo
de Ruy Díaz de Arana, casó con Violante
Suárez, hija de Diego Suárez y de Leonor
Fernández, criada de D. Egas Venegas.
(Véase el
documento núm. VII.)
Otros dos
documentos, los números VIII y IX, nos dan á conocer otro
Rodrigo Enríquez de Arana, hijo de Juan Rodríguez de
Arana13,
casado con Constanza de Alarcón y en mejor posición
que sus parientes. Algunos días hemos estado creyendo que
estos Rodrigos eran uno mismo y que habíamos leído
mal el apellido del padre, pero hemos vuelto á examinar los
tres documentos en que se le nombra y no cabe duda de que en dos
dice Rodríguez y en uno Enríquez.
El 2 de Junio de
1471 murió, como hemos dicho antes, Ana Núñez,
dejando huérfanos de padre y madre á Pedro de Arana y
Beatriz Enríquez y encomendados á su abuela Leonor
Núñez y á su tia Mayor Enríquez.
Debieron quedar muy niños, puesto que á la muerte de
D. Fernando
Colón, en 1539, vivía aún el primero, y desde
la fecha primera á la segunda hay sesenta y ocho
años. Es muy probable que el nacimiento de Beatriz fuese la
ocasión de la muerte de su madre. Quedaron pobres, muy
pobres. Ana Núñez no murió en su casa, sino en
la de su madre o su hermana, puesto que testó en el barrio
de San Pedro y su domicilio era en el de Santiago14.
En su
habitación no se encontraron más que muebles muy
viejos y muy escasos15;
cualquier jornalero de hoy tiene más y mejores. Mayor
Enríquez la socorría bastante en sus desgracias,
según se expresa en el testamento, y aunque dejó
algunos bienes raíces, son insignificantes, pues se reducen
á una huertezuela, un lagarejo y dos pedazos de viña
en el pago de Trassierra, que siempre fué y es pobre y
montaraz y que acaso se vendieran para poderse mantener la familia
de allí adelante.
De quince á
veinte años debía contar Beatriz en 20 de Enero de
1485, que llegó á Córdoba por primera vez
Cristóbal Colón16,
y quién sabe si sería la moza del mesón en que
aquél se hospedara. El futuro almirante siguió
á la corte durante el invierno —468→
de 1486 á 87 á Salamanca y Córdoba. En
5 de Mayo del Si recibió en Córdoba el primer socorro
pecuniario de los Reyes Católicos, consistente en 3.000
maravedís por cédula de Alonso de Quintanilla con
mandamiento del obispo de Palencia17.
De aquí fué á Málaga y en el invierno
de 1487 á 88 tuvo sus amores con Beatriz, que parió
el 15 de Agosto del 88. Después del nacimiento de Don
Fernando fué Colón á Portugal, acaso á
la muerte de su mujer Doña Inés Moñiz de
Perestrello, y estaba de vuelta en Córdoba el 12 de Mayo de
1489, en que se dió orden para que le dieran albergue en
todas las villas donde el servicio de sus Altezas reclamara su
presencia18.
Nada más
que esto se sabe de la estancia en Córdoba de Colón,
porque las actas capitulares de la catedral de este período
no existen y las del Ayuntamiento no le mencionan, y hasta ahora no
se ha encontrado ningún documento público otorgado
por él ni á que estuviera presente. Queda, pues, en
el misterio cómo trabó Colón conocimiento con
Beatriz, habiéndose puesto en claro solamente que
ésta no era noble, ni rica, sino sólo una pobre
huérfana medio ó totalmente abandonada y muy joven,
por todo lo cual muy expuesta á ser seducida, como lo
fué por el gran navegante. Cristóbal Colón no
dejó de conocer su falta y le asignó por su
testamento una pensión anual de 10.000 maravedís,
encargando que se le pagara, porque esto era «en descargo de su conciencia». También
protegió á los parientes de Beatriz, llevando en sus
expediciones á Diego y á Pedro de Arana.
Creemos que con
los documentos que á continuación copiamos y con lo
dicho queda delineada bastante bien la figura de Beatriz
Enríquez y determinada la condición social de ella y
los suyos: gente sencilla, honrada pero pobre y de humilde
extracción, y antes de concluir daremos cuenta de otro
documento que hemos encontrado sin relación con esta
familia, pero que debe conocerse. Es el último que
publicamos entre los justificativos, y sirve para afirmar que,
ó había en España antes de la venida de
Colón gente que usaba este apellido, ó vino antes que
él un pariente de quien nadie ha hablado, pero que en
España ó en Portugal vivía bastante tiempo
antes de 1489, en que testó en Córdoba estando
enfermo. El testamento no ofrece nada interesante más que el
nombre —469→
del padre del testador. Este se llamaba Pedro
González, hijo de Bartolomé Colom González
ó Sánchez. El segundo apellido está abreviado,
pero creemos que dice González. Ambos nombres están
escritos como indica este calco.
No creemos que sea
Bartolomé Colón hermano de Cristóbal, por el
segundo apellido, puramente español. Si no es éste y
pertenece á la familia, es indudable que debía andar
por aquí hacía mucho tiempo, porque el testador era
casado, con hijos y una hija. Constanza Díaz era casada en
segundas nupcias. Hay que suponerle al padre por lo menos cuarenta
años de edad, y el Bartolomé Colom, aunque
sólo tuviese otros veinte más que su hijo,
tendría sesenta, y como el segundo apellido es
español, hay que suponer que hacia 1425 ó poco
más vino á la Península un Colón que se
casó y avecindó. De aquí nace un nuevo
problema. ¿Motivaría la venida á España
de Cristóbal Colón la estancia en ella de alguno de
sus ascendientes?
Problema es
éste que sólo un examen muy minucioso de los archivos
de protocolos lo podrán aclarar, y ese examen acaso nunca se
haga.
Documentos
justificativos
Documento núm.
I
Restos del
testamento de Pedro de Torquemada
Oficio 14, nota
ó tomo 15, cuaderno 8, folio 14.
Sepan cuantos esta
carta de testamento vieren como yo Pedro de Torquemada fijo de Juan
Ruiz de Biedma vecino que so en la muy noble e muy leal cibdad de
Córdoba en la collacion de Sant Miguel estando enfermo del
cuerpo e sano de la voluntad... por ende falto e otorgo este mi
testamento e manda de mis bienes a —470→
honor de Dios... e mando primeramente mi anima á
Dios... gloria e paraíso...
Mando que mi
cuerpo lo entierren en la iglesia de Sant Miguel en esta ciudad e
mando... misas y mandas de costumbre... a los frayles de Sant
Francisco cincuenta mrs. e mando á Mari
Rodríguez...
Documento núm.
II
Testamento de
Ana Núñez de Arana
Oficio 14, nota 7,
cuaderno 12, folio 159.
Sepan cuantos esta
carta de testamento vieren como yo Ana Nuñez de Harana mujer
legítima de Pedro de Torquemada, que Dios haya, vecina que
so en la muy noble e muy leal cibdad de Córdoba en la
collacion de Sant Pedro estando enferma del cuerpo e sana de la
voluntad y en mi buen seso, memoria e entendimiento natural cual
Dios me lo quiso dar e creyendo firmemente en la santa e verdadera
Trinidad así como todo fiel cristiano debe creer e
temiendome de la muerte que es natural, de la cual persona alguna
no se puede escusar e porque por esto el mejor remedio que yo pueda
haber es tener escrito e ordenado mi testamento e mi postrimera
voluntad, por ende conozco e otorgo que fago e ordeno este mi
testamento e ultima e postrimera voluntad de mi e de todos mis
bienes a honor de Dios y de la Virgen Santa Maria madre, con toda
la corte celestial, en que mando primeramente mi anima a Dios padre
mi señor que la fizo e creó e redimió a la su
santa gloria e paraíso; e encargo, cuando de mi acaesca
finamiento, mando que lo entierren en la iglesia de la dicha
collacion de San Pedro e mando que el día de mi
enterramiento que me digan en la dicha iglesia de San Pedro una
misa de requiem cantada e dende en adelante fasta los nueve dias
primeros siguientes que me digan cada día una misa rezada e
que fuera de los nueve dias que se diga otra misa de requiem
cantada, e mando que se ofrende de pan e vino e cera en la dicha
iglesia de Sant Pedro los dichos nueve dias, e mando a la obra de
la dicha iglesia de Sant Pedro por honra de los santos sacramentos
que recibo diez mrs., e mando a la cruzada e de la Santa
Trinidad —471→
a cada una un maravedí, e a Santa Maria de la Merced
treinta maravedís para ayuda á la redencion de los
cristianos que están cautivos en tierra de moros, e cuando
á la obra de la iglesia catedral desta cibdad seis
mrs. e
cinco dineros por ganar sus santos perdones e indulgencias e mando
á las emparedadas de todas las iglesias de esta dicha cibdad
con las de Santa Maria de las Huertas, á cada una un
maravedí y encomiendoles que rueguen á Dios por mi
anima, e mando que digan cinco misas rezadas en la dicha iglesia de
Santa Maria por el anima de Pedro Nuñez de Harana mi padre,
e mando á Mayor Enriquez de Harana mi hermana el remanente
del quinto de todos mis bienes raíces e muebles e derechos e
acciones por el buen deudo que con la dicha mi hermana tengo e por
gran descargo de muchas honras e buenas obras que de ella he
recibido e recibo de cada día, e cumplido e pagado todo esto
que yo aqui mando en este mi testamento en la manera que dicha es,
el remanente que fincare de todos mis bienes raíces e
muebles e derechos e acciones mando que lo hayan e hereden Pedro de
Harana e Beatriz de Harana mis hijos legítimos e de dicho
Pedro de Torquemada mi marido á los cuales yo establezco por
mis herederos legitimos en todo el dicho mi remanente de los dichos
mis bienes. E para cumplir e pagar todo esto que yo aqui mando, en
este dicho mi testamento en la manera que dicha es, fago mis
albaceas a Leonor Nuñez mi madre e a la dicha Mayor
Enríquez de Harana mi hermana, e apoderolas de todos mis
bienes e dolos poder cumplido, libre e llenero para que ellas o
cualquier de ellas por si insolidum miren
e tomen mis bienes e de ellos vendan e cumplan e paguen todo esto
que yo aqui mando y encargolas en esta parte sus conciencias;
revoco e anulo e do por ningunos e de ningun valor e efeto todos
cuantos testamentos e mandas e codicilos que yo fiz e tengo fechos
e ordenados en cualquier manera antes de este que otro alguno no
quiero que valga, salvo este que es mi testamento e testimonio de
la mi postrimera voluntad que es fecha e otorgada esta carta de
testamento en la dicha cibdad de Cordoba dos días de junio
año del nacimiento de nuestro Salvador Jesuchristo de mil e
cuatro cientos e setenta y un años. Testigos que fueron
presentes al otorgamiento de esta carta de testamento, llamados e
rogados por parte de mi —472→
la dicha Ana Nuñez de Harana testadora con el
escribano publico de yuso escrito, Alfon Garcia de Ecija fijo de
Juan Alonso de Erija, e Nuño Gonzalez Ferrero fijo de Juan
Alfon Ferrero e Garcia Rodriguez peraile hijo de Pedro Rodriguez de
Valladolid e Lucas Fernandez fijo de Miguel Fernandez e Anton
Garcia albañil hijo de Esteban Garcia albañil vecinos
e moradores en esta cibdad de Cordoba. Yo Gonzalo Gonzalez
escribano publico de Córdoba en uno con los dichos testigos
fuy presente al otorgamiento de esta carta de testamento e so ende
testigo.
Documento núm.
III
Inventario de
bienes de Ana Núñez de Arana
Oficio 14. Nota 7.
Cuaderno 12, fol.
155.
En Cordoba nueve
dias del dicho mes de junio del dicho año de setenta y uno
estando en unas casas que son en la collacion de Santiago en las
cuales facia su morada al tiempo que vivia Ana Nuñez de
Harana mujer de Pedro de Torquemada, difunto que Dios haya, estando
y presentes Leonor Nuñez su madre e Mayor Enriquez de Harana
su fija e hermana de la dicha Ana Nuñez, las cuales dijeron
que hoy ha siete dias que la dicha Ana Nuñez falleció
de esta presente (sic) la cual fizo su testamento por escrito como por
bien tubo en el cual fizo ciertas mandas e legados á
personas ciertas e lugares señalados e las hizo albaceas,
las cuales dijeron, que como albaceas querian facer inventario de
los bienes muebles que ella dejó por suyos en las dichas
casas e así mismo de los bienes raices que por suyos
dejó los cuales dichos bienes son los siguientes.
Primeramente un
almadraque con lana demediado.
Otro almadraque
con lana vieja.
Vn colchon de
estopa con lana demediado.
Vn almadraque de
cama llena de paja usada.
Otro almadraque
vacia vieja.
Dos sabanas de
estopa vieja.
Cuatro almohadas
de lienzo con lana viejas.
Vna colcha blanca
usada.
—473→
Vn paño de
cama viejo.
Vna alcatifa
usada.
Seis bancos y dos
zarzos viejos.
Dos zargas de lana
colorada viejas.
Vn suelo de lienzo
de estopa colorado usado.
Vn baul
pintado.
Otro baul blanco
viejo.
Vn arca grande con
su cerradura e llave usada.
Vna mesa de torno
con un ¿baston? usada.
Vna almazala
vieja.
Vna arteza mediana
usada.
Vn calderete
pequeño viejo.
Vna sarten de
cobre vieja.
Dos azadores de
hierro medianos.
Vnas parrillas
viejas de hierro.
Vn brasero de
hierro viejo.
Vnas
trévedes e un polvero viejo.
Vna silla de
costillas vieja.
Vn costal para
harina viejo.
Vna arquilla
pequeña sin cerradura vieja.
Vn arca vieja sin
cerradura.
Tres canastas de
mimbre viejas.
Vnos manteles de
lienzo e otros de estopa pequeños usados.
Vna espada
quebrada con su vaina.
Dos candiles sin
candilejos.
Vna zaya
aceitunada usada de paño de la tierra.
Vn mantillo prieto
usado de veinte.
Vna camisa de
herrado vieja de lino orillada.
Vn tocadero de
lino viejo.
Vna
¿yaplilla? vieja.
Vn jubon fiesta
blanco con mangas e collar de paño aceitunado viejo y
roto.
Vn zayo de
paño de diez y ocho roto.
Vn capuz pardillo
de diez y ocho viejo.
Vn cinto veinteno
viejo blanco.
Dos capachos de
mimbre viejos.
Dos seras de
esparto.
—474→
Vna cama
vieja.
Vna talla
pequeña de hierro.
Vna tabla mesa
vieja.
Vna tinajuela...
para agua.
Otras dos tinajas
para aceite.
E mas una huerta
cerca de el aldea de Santa Maria de Trassierra e un pedazo de
viña que alinda el uno con el otro e alinda la dicha huerta
e el pedazo de una viña con viñas de Carrillo
veinticuatro e con viñas de Anton Ruiz maestro fijo de Anton
Ruiz:
E unas casas e
lagar e pila e tinajas en el aldea de Santa Maria de Trassierra que
alinda con casas de Anton Gomez Caballos de Rey e con casas que
fueron de los licenciados e la calle. Y mas un pedazo de
viñas en la limitacion de la dicha aldea en el pago que
dicen de las Huertas que alinda con viñas de Gonzalo
Rodriguez de Baeza e con viñas de Anton Garcia e con
viñas de Diego de Toro fijo de Alonso Fernandez e el camino
que va al molino de los frayles e la senda que va al pago de las
Tapias.
Los cuales dichos
bienes muebles otorgaron que reciben en su poder e otorgan de dar
razon dellos á quien con derecho los deban haber cada e
cuando les fueren demandados e para así cumplir amas
á dos de man comun y a voz de uno obligaron á
sí e á sus herederos e renunciaron las leyes.
Testigos Juan Lopez de Alvaro labrador fijo de Juan Lopez, e Anton
Ruiz fijo de Alonso Sanchez, e Juan Sanchez su hermano vecinos de
esta cibdad.
(A continuacion.)
En este dicho dia otorgó su poder Mayor Enriquez de Harana
fija de Pedro Nuñez de Harana á San Pedro á
Anton Garcia de Castro escribano del Rey e... (Falta lo demas).
Documento núm.
IV
Codicilo de
Rodrigo de Arana
Escribanía
de Pedro Gonzalez, t. II, fol. 135 v.
En este dicho dia
(4 de Agosto de 1489) fizo un codicillio Rodrigo de Harana fijo de
Juan Enriquez de Harana que Dios haya, vecino á Santo
Domingo estando enfermo, por cuanto fizo su testamento
—475→
a treynta y uno de julio en Trassierra ante Diego de
Cordoba, escribano publico de Trassierra, e ciertos testigos e
queriendo enmendar algunas cosas en él que quiero amenguar
que por cuanto mando á Diego de Harana mi fijo una mula
pardilla por ende manda que la dicha mula y sus dos asnos que se
vendan para cumplir e pagar las mandas de pia causa que él
mandó en el dicho su testamento.
Iten dice que por
cuanto el mandó á Catalina de Harana su nieta fija
del dicho su fijo un pedazo de viña en la limitacion de la
aldea de Santa Maria de Trassierra que era de su lagar que
él tiene en Trassierra que es de frente á la huerta
de la culebra que alinda con viñas de San Martin e con
viñas de herederos de Pedro de Cardenas, que no le sea dada
e que se de á Juan de Frias porque es del dicho Juan de
Frias.
A Santo Domingo
cincuenta mrs.
A su confesor el
rector otros tantos.
E por cuanto
mandó que ficiese cuenta con Beatriz Enriquez su sobrina
hija de Pedro de Torquemada é si algo le alcanzase que lo
cobrase, manda que non faga cuenta con ella ni le pidan cosa alguna
porque le face gracia de lo que le debe, si algo le debe e si algo
le debiese.
Manda que Anton de
Palma e Cristobal de Mesa veinticuatro sean sus albaceas e manda
que no sea albacea Juan de Frias.
Manda al dicho
Anton de Palma mill mrs. por el buen amor que le ha e por el
trabajo que ha de tomar en cumplir su anima e en todo lo que al que
de este dicho testamento en su fuerza y vigor como en él se
contiene. Testigo Diego Ferrandez rector de la iglesia de Santo
Domingo desta cibdad.=Anton Garcia.=Pero Gonzalez.
Documento núm.
V
Testamento de
Lucia Núñez mujer de Rodrigo de Arana
Escribanía
de Pedro Gonzalez, t. II, fol. 316.
En Cordoba en este
dicho dia cuatro dias de agosto del dicho año (1489)
otorgó Locia Nuñez mujer de Rodrigo de Harana vecina
á Santo Domingo que face su testamento fecho en forma.
—476→
Mandose enterrar
en el monasterio de Santa Ines de esta cibdad en el habito de Sant
Francisco.
Oficios
cumplidos.
Mandas
acostumbradas.
Manda que digan
diez misas rezadas por las ánimas de sus padres e manda en
Santa Ines.
Tres misas rezadas
por las animas del purgatorio en Santa Ines.
Manda para que
vistan á señora Santa Marina en la iglesia de Santa
Marina desta cibdad unas faldillas de grana colorada con una
cortapisa de terciopelo negro e una camisa de lienzo casero delgada
con sus cordones de seda negra toda en fuerza e de un cabo de trapo
de seda nuevo que ella tiene porque señora santa Marina sea
oradora á Dios por su anima.
A la obra de Santo
Domingo dos reales de plata.
Al rector de la
dicha iglesia su confesor dos reales.
Manda á la
sacristania de Santa Marina una arca de pino que ella tiene
usada.
Manda á
Teresa su criada cuatro mil mrs. por el buen servicio que le fizo.
Manda á
Tocino hermano de su yerno Maestro Juan el que mora á la
calle de Carreteras dos fanegas de trigo que le es encargo y si no
fuere vivo que las den á sus herederos, e manda á
Bartolomé Lopez fijo de Juan Lopez que moran á la
calle de la Madera otras dos fanegas de trigo que le es en cargo e
manda, á Leonor Gutierrez su fija unas faldetas caneladas de
binjas mayores con sus cuerpos tijados e manda a Elvira Lopez su
hermana mujer de Anton de Palma una cama de bedenes de brocado de
Flandes que son seis piezas.
Manda que paguen
á Alonso de Córdoba platero fiel de la plata dos mil
mrs. que
le debe de cierto chamelote e que reciban de él cuarenta e
un pesos de manteles de lino que tiene en prenda de Antón,
buenos é muchos.
Manda que recauden
de Pedro Fernandez alguacil mil mrs. que le es en cargo de ciertos
paños que le fizo á él e a Pedro de Palma e
les cobró de la manda que le fizo Pedro de Palma para Alonso
Chapines e que sean para ayuda á pagar al dicho Alonso de
Córdoba platero.
—477→
E manda al dicho
Rodrigo de Arana su marido dos pares de casas que ella tiene suyas
en esta cibdad las unas en la collacion de Santo Llorente á
la cal de Topos e las otras en la collacion de San Andrés
á la calle del Moyano en una barrera, las cuales dichas dos
pares de casas compró de Gonzalo Ruiz de Reina
carpintero.
Manda al
monasterio de Santa Inés unas casas con una finca que ella
tiene suya en Trassierra que compró de Juan de Frias que
alinda con lagar de Benito Gonzalez de los Mulos e con casas de
Pedro Ruiz canonigo... e con condicion que digan el dia de santa
Lucía de cada un año para siempre jamas le faga la
fiesta, que digan un responso e misa e sermon con su... e otro dia
siguiente una misa de requiem con su vigilia sobre su sepultura. E
esto es condicion... que de cada año fiesta e despues de su
vida... lo cumpliere que lo haya el monasterio de santa Inés
con el dicho cargo de hacer de dicha fiesta...
A la obra de santo
Domingo seis varas de lino de seis palmas en ancho.
E cumplido e
pagado esto fizo herederos á Leonor Gutierrez su hermana e
á Diego de Gongora su fijo.
Albaceas á
Anton de Palma é á Juan de Frias e apoderolos e
remato.
Testigos Diego
Fernandez, rector de la iglesia de santo Domingo e Diego de Soria
hijo de Alonso Soria e Juan Patyno hijo de Juan Sanchez Patyno
vecinos desta cibdad.-Anton Garcia.-Pedro Gonzalez.
Documento núm.
VI
Testamento de
una mujer pariente de Beatriz Enríquez de Arana
Oficio 14, nota
11, cuaderno 10, folio 4.
(Falta el
principio) dicho olivar de suso lindado e certificado para
adjutoria á la lumbraria de la lámpara del Sagrario
con tal condicion e postura que quede como queda el dicho convento
—478→
de frailes de San Francisco haya de cada un año
perpetuamente los dichos cincuenta mrs. en remuneracion e satisfaccion de
la dicha memoria e cuando á mi sobrino Rodrigo de Harana mil
mrs. por
el deudo que con él tengo, é mando á Mayor
Enriquez mi sobrina dos mil mrs. por el deudo que con ella tengo e mando
á mi hermana Catalina Rodriguez mujer que fué de Juan
de Torres difunto que Dios haya dos mil mrs. e mando
á Elvira Gonzalez mi hermana mujer que fue de Martin de
Molina difunto otros dos mil mrs. e mando á la dicha Marina
Rodriguez mi sobrina mujer del dicho Juan de Cordoba una mi ropa de
estameña prieta e más una pieza de lienzo de lino por
curar por el deudo que con ella tengo e porque lo ha menester, e
mando á Marina mi criada mujer de Fernando Calderero mil
mrs. por
amor de Dios e porque es pobre ó mando por amor de Dios y en
ayuda al rescate de Lucia fija de Diego Gutierrez de la Figuera que
está cautiva en Loja cuatro mil mrs. e mando que den
á Ana Gomez por amor de Dios unas mis faldetas blancas e mas
una alfardilla e mas cien mrs. e encomiendole que ruegue á Dios
por mi anima e mando á Juan García de Saucedo mi
sobrino clérigo capellan de la iglesia de sant Pedro mil
mrs. e
encomiandole que rueguen á Dios por mi anima, e cumplido e
pagado todo esto que yo aquí mando en este mi testamento, el
remanente que fincare de todos mis bienes muebles é
raíces, títulos e acciones mando que los hayan
ó los hereden el hermano mayor de la Santa Cruz... de
Jesucristo para que los gaste e distribuya en obras memorias
<†> e para cumplir é pagar esto que yo
aquí mando en este mi testamento fago mis albaceas e
ejecutores del al dicho Juan Ruiz clérigo rector e
beneficiado de la dicha iglesia de san Pedro e al dicho Rodrigo de
Harana mi sobrino e apoderolos en todos mis bienes á los
cuales do e otorgo todo mi poder cumplido, libre e llenero a amos
á dos juntamente e á cada uno de ellos por si e in
solidum para que entren é tomen de los dichos mis bienes
é vendan e cumplan e paguen todo esto que yo aquí
mando en este mi testamento e encargoles en esta parte sus
conciencias que ellos ficieren de bien por mi anima á tal de
parte de Dios que faga por las suya e mando á los dichos
albaceas doscientos mrs. e revoco todo, —479→
cuantos testamentos e mandas e codicilos tengo fechos e fice
antes de este que no quiero que valan salvo este que es mi
testamento e mi postrimera voluntad que es fecho e otorgado en esta
dicha ciudad de Cordoba doce días de mayo del año del
nascimiento de nuestro señor Jesucristo de mil cuatrocientos
é setenta e ocho años. Testigos... (No hay
más. De los otros instrumentos que anteceden y siguen se
deduce que el escribano fué Diego Sánchez.)
Documento núm.
VII
Dote de
Violante Suárez mujer de Lope de Arana
Oficio 14, nota
11, cuaderno 1.º, folio 8.
En Cordoba veinte
e siete dias del mes de Otubre de este dicho año de mil
cuatrocientos setenta é dos años otorgó Lope
de Harana fijo de Rui Diaz de Harana vecino en la collacion de
Omnium Sanctorum que recibió en dote e en caudal en
casamiento á Violante Suarez su esposa fija legítima
de Diego Suarez é de Leonor Fernandez su legítima
mujer ó criada del honrado caballero Egas Venegas que su
anima haya santa gloria e de Doña María de Aguayo su
mujer veinte e cinco mil mrs. que le da con ella en el dicho
casamiento e por su dote e caudal Egas hijo de los dichos
señores Egas Venegas e Doña María así
como heredero del dicho su padre en esta guisa los veinte mil
mrs. que
el dicho Egas su padre le da por su testamento é los cinco
mil de sus bienes de él graciosamente por la crianza que
ella ha habido en la casa de los dichos sus padres, &.ª
&.ª
Testigos, Juan
Muñoz calderero fijo de Alfon Muñoz é Juan de
la Sierra fijo de Juan Sánchez criado de García de
Montemayor e Gutierre Rodriguez tejedor fijo de Gutierrez Fernandez
e Rodrigo de Morales fijo de Rui García de Morales vecinos
de Cordoba.-Gomez Gonzalez escribano público.
—480→
Documento núm.
VIII
Reconocimiento
de dote hecho por Rodrigo Enriquez de Arana en favor de su mujer
Constanza de Alarcón
Oficio 14, nota 4,
cuaderno 9.º, folio 6.
Sepan cuantos esta
carta vieren como yo Rodrigo Enriquez de Harana fijo de Juan
Rodriguez de Harana que Dios haya, vecino que so en la muy noble e
muy leal cibdad de Cordoba en la collación de Sant Pedro
conozco é otorgo á vos Constanza de Alarcon mi
legitima mujer fija legitima del bachiller Diego de Alarcon e de...
Rodriguez que fue su legitima mujer que Dios haya, é digo
que por cuanto el tiempo que nos casamos vos trajo á mi
poder por vuestro dote e caudal treinta mil mrs. en ropas e
joyas en que fueron apreciados con las arras que vos yo di de los
cuales vos otorgué carta dotal, segun mas largamente se
contiene e face mencion en la dicha carta e despues desto vos la
dicha Constanza de Alarcon mi mujer hobiste e heredaste de
Constanza Alfon vuestra abuela e de la dicha Catalina Rodriguez
vuestra madre, su fija, un par de casas en la barrera del jurado
Juan Ruiz que Dios haya, en la collacion de San Salvador que alinda
con casas de Pedro de Quintana e con casas que fueron del dicho
jurado, e otro par de casas en la collacion de San Pedro en la
barrera de Martin Alfonso de Villaseca que alindan con casas del
dicho Martin Alfonso e con casas de Diego Gutierrez de los Rios, e
otro par de casas en la collacion de San Pedro en la plazuela que
dicen del Çapico que alindan cor el horno de la dicha
plazuela los cuales dichos tres pares de casas yo vendi por
cincuenta mil mrs. de esta moneda usual los cuales yo
recibí y pasé á mi poder de los cuales me
otorgo e tengo de vos por bien contento entregado á toda mi
voluntad e que en algun tiempo no pueda decir ni alegar que no los
recibí de vos e si lo dijera que no valga á mi ni
á otro por mi en juicio ni fuera dél sobre lo cual
renuncio á la esencion de la pecunia no vista ni contada ni
recibida ni pagada e á la ley e derecho que dice que las
firmas de la carta deben ver facer la paga en dineros ó en
otra cosa que lo —481→
vala e que el que fizo la paga si le es negada, que es
tenido á lo... dos años como se fizo, los cuales
dichos cincuenta mil mrs. otorgo que son vuestros e vuestro dote e
propio caudal que primeramente con vos recibí, por tal
otorgo é quiero e es mi voluntad e consiento que luego que
cada e cuando acaeciere porque el matrimonio se ha de apartar entre
mi e vos la dicha mi mujer, en cualquier manera que vos la dicha
Constanza de Alarcon ó vuestros herederos que hallades
é cobredes luego de mis bienes los dichos cincuenta mil
mrs. de
mas e allende de los dichos treinta mil mrs. contenidos en
la dicha carta dotal sin atender ni esperar la declaracion del
año que el derecho quiere ni otra declaración alguna
por cuanto yo renuncio la dicha declaracion y el derecho que me la
otorga e para lo así cumplir e pagar obligo á todos
mis bienes muebles é raíces los que he e habré
e presentar carta pago e pido e doy poder complido á
cualquier alcalde ó juez ante quien fuere mostrada que luego
que acaeciere porque el dicho matrimonio se departa de entre mi e
vos, como dicho es, hagan facer entrega en mis bienes pido que ge
la yo haga por los dichos cincuenta mil mrs. e los bienes en
que la dicha entrega por esta razon fuere fecha, que gelo faga
vender en el almoneda bien así mismo por esto que fase
pasada ordenadamente en cosa juzgada e consentida entre partes en
juicio e que los mrs. e de su valía que me entregan que
fagan facer pago complido á vos la dicha Constanza de
Alarcon mi mujer ó á los dichos vuestros herederos de
los dichos cincuenta mil mrs. de mas e allende del dicho vuestro dote
e caudal que primeramente con vos recibí como dicho es, de
todo bien e complidamente en guisa que vos non mengüe ende
cosa alguna en razon e defension e esepcion que con lo que dicho es
o contra parte dello en cualquier manera por lo non cumplir que non
vala a mi ni á otrie por mi en juicio ni fuera del en fee de
lo cual otorgo esta carta ante escribano público de Cordoba
e testigos de yuso escritos que es fecha e otorgada esta carta en
Cordoba dos dias de noviembre año del nacimiento de nuestro
señor Jesucristo de mil cuatrocientos e sesenta e siete
años. Testigos que fueron presentes al otorgamiento de esta
carta llamados e rogados Diego Diaz de Carmona fijo de Juan
Gonzalez de Carmona e Juan —482→
Alfonso de la Morena fijo de Garci Fernandez e Juan
Rodriguez de Ayllon fijo de Pedro Fernandez e Miguel Sanchez
Bonifaz tondidor fijo de Pedro Fernandez Bonifaz e Miguel Ruiz de
la Cruz barbero fijo de Juan Ruiz de la Cruz e Diego Ferrador fijo
de Anton Martinez vecinos e moradores de esta cibdad.-Gonzalo
Gonzalez.
Fecha carta
llevada para la dicha Constanza de Alarcon.
Documento núm.
IX
Venta de una
finca de campo de Rodrigo Enríquez de Arana y Constanza de
Alarcón
Oficio 14. Nota 4.
Cuaderno 8, folio 3.
En Cordoba diez
dias de Febrero de mil cuatrocientos e sesenta e siete años
vendieron Rodrigo Enriquez de Harana fijo de Juan Rodriguez de
Harana y Constanza de Alarcon su legitima mujer en su presencia e
consentimiento, vecinos en San Pedro á Anton Muñoz
labrador fijo de Anton Muñoz e Ines García su mujer
vecinos en la dicha collacion una heredad de casas, viña e
tinajas e olivares e otros arboles que ellos tienen suya cerca de
la ciudad en el pago de Valdelecha que ha linderos olivar de Juan
Rodriguez el abadejo e el camino real e olivar de Labrada e
viña e olivar de Fernando Diaz del Oyo por precio de diez
mil mrs.
que de ellos otorgaron haber recibido de que se otorgaron por
pagados e contentos e entregados a toda su voluntad e renunciaron
la paga e á la esencion de la pecunia e dieron bien poder
para tomar la posesion; en esta razon otorgaron carta complida con
donacion de la masía e con autoría e plazo de quinto
día so pena de las tornar los dichos diez mil mrs. con el doblo e
para lo ase complir e pagar amos á dos marido e mujer...
obligaron sus bienes e herederos e renunciaron las leyes e su
marido consintió. Testigos Miguel Ruiz tejedor fijo de
Miguel Ruiz tejedor e Anton de Quintos tejedor fijo de Diego
Martinez vecinos de la collacion de San Pedro.
Fecha la carta e
llevada. (Rubrica del escribano Gonzalo Gonzalez.)
En sabado en la
tarde catorce de Febrero de dicho año el dicho
—483→
Rodrigo de Harana por si e en nombre de su mujer dió
la posesion de las dichas casas al dicho comprador el cual la
tomó por si en nombre de su mujer e tomó e
cobró la posesion de ella e pidió testimonio.
Testigos Juan labrador... (El resto está destruido.)
Documento núm.
X
Testamento de
un hijo de cierto Bartolomé Colom
Escribania de
Pedro Gonzalez, t.
II, folio 449 v.
En Cordoba en
veinte y cuatro dias del dicho mes de Octubre del dicho año
(1489) fizo su testamento Pedro Gonzalez fijo de Bartolome Colom
¿Gonzalez? que Dios haya, vecino á Santa Maria
estando enfermo.
Mandose enterrar
en el monasterio de San Francisco de esta ciudad.
El día del
enterramiento misa de requiem cantada e los nueve dias nueve misas
rezadas.
En fin de los
nueve dias otra misa de requiem cantada todas con ofrenda de pan e
vino e cera.
A la obra de la
iglesia mayor medio real para honra de los santos sacramentos e
porque le sean otorgados sus santos perdones.
A la cruzada e a
la santa Trinidad e á santa Maria de la Merced a cada una un
mrs.
A las emparedadas
sendos mrs.
Que digan por las
animas de su padre e madre dos misas rezadas en San Francisco.
Otras dos misas
rezadas por las animas del purgatorio.
Manda que luego
que de el acaesca finamiento sea entregado de sus bienes Maria
Alfon su mujer en los veinte e cinco mil maravedis de su dote y
arras segun por la carta parecerá.
E ruega e manda
á Bartolomé Gonzalez su hijo porque le alcance la
bendicion de nuestro señor e la suya que tenga á la
dicha su madre consigo en su casa donde el mora ó morare y
no le lleve alquiler ninguno.
E dice que por
cuanto tiene dado á Constanza Diaz su hija con
Bartolomé Gonzalez su primer marido diez e siete mil e
quinientos —484→
e cincuenta mrs. lo cual juro <†> e dice que
por cuanto tiene dado el dicho Bartolomé su hijo de sus
bienes seis mil e cuarenta maravedises por el arrendamiento de las
casas mas mil mrs. quien lo solicitó lo cual
juró por ende manda que el dicho su hijo sea entregado de
sus bienes en otros diez mil e cincuenta mrs. como tiene
dados á la dicha Constanza Diaz su hija.
E cumplido
é pagado esto fizo herederos á los dichos Bartolo
Gonzalez e Constanza Diaz sus hijos.
Albaceas á
Pedro de Vbeda su yerno e Anton de Cordoba sedero e apodero los e
remato.
Testigos el dicho
Anton de Cordoba sedero albacea é Francisco fijo de Juan
Rodriguez e Ferrando que son de Ecija vecino Palma e vecinos de
esta ciudad.