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Datos nuevos referentes a Beatriz Enríquez de Arana y los Aranas de Córdoba, encontrados por D. Rafael Ramírez de Arellano

Rafael Ramírez de Arellano





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En el verano de 1892, pasando de Málaga á Madrid para instalar en la Exposición colombina los objetos de arte que enviaba la citada capital andaluza, nos detuvimos en Córdoba muy pocos días. Al llegar supimos que el Ayuntamiento había acordado dar á una calle el nombre de Beatriz Enríquez de Arana, madre de D. Fernando Colón y amante del célebre descubridor del Nuevo Mundo, y que, además, había abierto un concurso para premiar la mejor memoria en que se probara el casamiento de Cristobal Colón con la cordobesa.

Todo estaba preparado para colocar, con toda pompa, el rótulo en la calle y hechas las citaciones para el acto de distribución de premios del certamen. Casi no nos quedaba tiempo para combatir tan descabelladas ideas; pero como teníamos á nuestra disposición la rica biblioteca de nuestro inolvidable tío el marqués de la Fuensanta del Valle, acudimos á ella, y, en pocas horas, redactamos un artículo que se publicó en el periódico La Unión, oponiéndonos á que se perpetuase el nombre de una cordobesa cuya única celebridad consistía en haber sido un poco ligera de cascos, aunque fuese la querida de un gran viajero y la madre de un escritor insigne.

Valiéndonos de los testamentos de D. Cristóbal y D. Diego Colón, de algunas frases del padre Las Casas y del silencio que para su madre guarda el fundador de la biblioteca colombina, pudimos convencer al Ayuntamiento de que Beatriz Enríquez había sido una pobre muchacha seducida, que no fué esposa de Colón, que éste, según se cree, no era aún viudo cuando engendró á D. Fernando, y que no había celebridad plausible en aquella mujer para que se diera su nombre á una calle, mucho más cuando tal nombre sólo sería un padrón de deshonra. El Ayuntamiento   —462→   oyó nuestras razones y el rótulo no se puso, pero se adjudicó el premio á una desdichada memoria que reproducía, con distintas palabras, las fábulas consignadas por el Dr. D. Andrés de Morales y Padilla en su Historia de Córdoba, que dejó inédita en el archivo de la Corporación municipal. El laureado escritor casaba á Colón, hacía de la Enríquez una dama de la primera nobleza que, con sus encantos, retuvo en Córdoba al almirante y le presentó y recomendó á la Reina; en una palabra, á ella ó á sus hermosos ojos, como dice el Duque de Rivas, se debió el descubrimiento de América, y no contento con ésto, la llevó de viaje por donde mejor quiso y la hizo pasear del brazo de Don Fernando el Católico por las calles de Barcelona.

Fuerza será omitir el nombre del autor y mucho más el de los señores del jurado que premiaron tan monstruoso engendro, si hemos de ejercer de algún modo la caridad cristiana. La Memoria no se publicó y ni existe el manuscrito en el archivo de la ciudad.

No volvimos á ocuparnos de este asunto porque creíamos agotado el tema con lo que entonces se escribió en España, Francia y Portugal, y habían pasado algunos años, cuando, un día, hojeando un manuscrito en la biblioteca colombina, en el folio 38 del tomo LXXII, de varios en folio, nos encontramos este apunte, entre otros, referentes á escrituras cordobesas.

«Escrituras ante P.º González Escribano, cuyo oficio año 1636 tenia Jerónimo Gutiérrez.

Codicilo de Rodrigo de Arana, hijo de Juan Enríquez de Arana, heredero á Diego de Arana, su hijo, y Catalina Arana, su nieta, natural de Trassierra, casado con Lvcía Ruales. 4 Agosto de 1489.»



Desde el primer momento nos pareció que era éste un documento interesante para poner en claro la progenie de D. Fernando Colón, y nos decidimos á buscarle. Vinimos á Córdoba, pedimos permiso para hacer la investigación al archivero de protocolos D. Sebastián Pedraza que nos lo dió inmediatamente, y puesta mano á la obra, hallamos y leímos el codicilo precioso que lleva el número IV entre los documentos justificativos del presente trabajo.

Rodrigo de Arana es el nombre de uno de los que se dice acompañaron   —463→   á Colón en su primer viaje1, y quedó en guarda del fuerte de la Navidad en la isla Española. Otros le llaman Diego. Era primo de Beatriz Enríquez. Esto creíamos antes de leer el codicilo; después pensamos de distinta manera. Leído el documento, encontramos que Rodrigo de Arana era hijo de Juan Enríquez de Arana, que, estando enfermo en Trassierra, hizo testamento en 31 de Julio de 1489, ante el escribano Diego de Córdoba, y que, siguiendo enfermo, hizo codicilo en la collación de Santo Domingo, cuyo vecino era, ante Pedro González, para reformar algunas cláusulas de la escritura anterior. Seguía enfermo, y es probable que muriese entonces. Debía ser viejo puesto que tenía una nieta. Lo primero interesante que de allí dedujimos es que el hijo se llamaba Diego de Arana y que el Rodrigo no era primo, sino tío de Beatriz; por consiguiente, el defensor del fuerte de Navidad se llamaba Diego, positivamente. En ésto coincide el codicilo con el padre Las Casas, que conoció mucho á esta familia y siempre le nombra de esta manera en los pasajes siguientes2.

La primera vez que el padre Las Casas le nombra es después de referir el naufragio de Colón en las costas de la Española la nochebuena de 14923, en que dice: «Envió luego el almirante á Diego de Arana, de Córdoba, alguacil mayor de la Armada, á hacer saber al rey Guacanagarí, que le había enviado á convidar, el desastre y fortuna que le había sucedido.»

Más adelante, hecho el fuerte de Navidad y decidido el regreso á España, «eligió para quedar en aquesta tierra y en aquella fortaleza e villa de Navidad, 39 hombres los más voluntarios y alegres y de mejor disposición y fuerzas para sufrir los trabajos, que entre los que allí consigo tenía, hallar pudo. Dejóles por capitán á Diego de Arana, natural de Córdoba, y escribano y alguacil con todo su poder cumplido, como él lo tenía de los Católicos Reyes» 4. Poco después, al despedirse de Guacanagarí, «le dijo cómo determinaba partirse, y que dejaba aquellos cristianos allí para que le acompañasen y sirviesen, y defendiesen de los caribes... por tanto, que se los encomendaba mucho mirase por ellos, especialmente por Diego de Arana, y Pero Gutiérrez y Rodrigo de Escobedo que dejaba por sus tenientes...»5.

Mal les fué á los 39 hombres en el fuerte, si bien parece fué   —464→   castigo de sus pecados lo que les sucedió, pues como final del desastre6 «vino el dicho rey Caonabo con mucha gente á la fortaleza donde no había más del Diego de Arana, el capitán, y otros cinco... y de noche puso fuego á la fortaleza y á las casas donde aquellos estaban, porque no estaban, por ventura, en la fortaleza, los cuales, huyendo hacia el mar se ahogaron.»

Como se ve ni una sola vez dice el obispo de Chiapa Rodrigo, y siempre escribe Diego; pero aún le nombra otra vez7 al hablar de la tercera expedición del almirante, que salió de Sanlúcar de Barrameda el 30 de Mayo de 1498, y «puso por capitán de un navío á Pedro de Arana, natural de Córdoba, hombre muy honrado, y bien cuerdo, el cual yo muy bien cognoscí, hermano de la madre de D. Hernando Colón, hijo segundo del almirante y primo de Arana, el que quedó en la fortaleza con los 38 hombres que halló á la vuelta muertos el almirante...»

El padre Las Casas debió oir este relato de labios del propio Pedro de Arana y saber de él (puesto que también lo conoció), que Diego era su primo. No cabe duda de que el muerto lastimosamente en el fuerte de Navidad se llamaba Diego, y era primo de Beatriz Enríquez, y no cabe duda tampoco de que es el mismo de quien se habla en el codicilo de Rodrigo de Arana, su padre. No estará el lector tan convencido como nosotros, pero nos dara la razón del todo cuando sepa que Rodrigo de Arana dice en la escritura citada que Beatriz Enríquez era su sobrina, con estas palabras8:

«E por cuanto mandó que ficiese cuenta con Beatriz Enríquez su sobrina, hija de Pedro de Torquemada, e si algo le alcanzase que lo cobrase, manda que non faga cuenta con ella ni le pidan cosa alguna por que le face gracia de lo que le debe, e si algo le debiere.»



Es concluyente que Beatriz Enríquez y Diego de Arana eran primos; pero preguntará el lector, como nos preguntamos nosotros entonces, si esta Beatriz, hija de Pedro de Torquemada, es la Beatriz amada por el descubridor de América. Algunos años hemos tardado en podernos contestar de una manera satisfactoria, hasta el pasado de 1899 en que, por Noviembre, de una manera constante nos dedicamos á investigar en el archivo de protocolos cuantos   —465→   documentos pudiéramos, sobre escritores, artistas y hechos cordobeses. Cerca de un año hemos dedicado á ésto sin faltar día, acompañados del paleógrafo D. José López Auto, diligente archivista del Ayuntamiento de Córdoba, y nuestros afanes han sido coronados del éxito más lisongero. Hemos podido completar la biografía de Pedro Tafur, de quien sólo se sabía que escribió un itinerario á Oriente9, la de Gonzalo de Ayora, de quien sólo había datos obscuros é incompletos, hemos encontrado los testamentos de Antón de Montoro y Lope de Rueda, muchos documentos de D. Luís de Góngora, Ambrosio de Morales y Gonzalo de Saavedra el autor de Los pastores del Betis, los nombres y obras de muchos artistas notabilísimos hasta ahora desconocidos10, y, por último, el testamento y el inventario de bienes de la madre de Beatriz Enríquez y de Pedro de Arana, ambos hijos de Pedro de Torquemada, que son los mismos á quienes se refiere el último texto copiado de la Historia de las Indias. Estos documentos llevan los números II y III al final de este trabajo.

Lástima grande ha sido no poder hallar el testamento de Rodrigo de Arana, hecho en Trassierra el 31 de Julio de 1489, porque en él, con más amplitud que en el codicilo, se dirá qué clase de cuentas eran las pendientes entre él y su sobrina Beatriz, tal vez la clase de servicio que ésta le prestara y hasta se vislumbrará, porque tal vez enojado con ella manda que se le cobre y cuatro días después le hace merced de la deuda. El documento no se ha encontrado porque de la escribanía de Trassierra no hay más que un libro de fechas más modernas.

Del documento número II resulta que Pedro de Torquemada murió antes del 2 de Junio de 1471 en que testó su mujer Ana Núñez de Arana. Era ésta hija de Pedro Núñez de Arana, difunto, y de Leonor Núñez, que le sobrevive. Tenía una hermana llamada Mayor Enríquez de Arana, y del matrimonio de Ana Núñez y de Pedro de Torquemada quedaron dos hijos, Pedro de Arana y Beatriz de Arana, ó sean, la amada de Colón y el capitán de uno de los navíos que salieron de Sanlúcar en 1498. Creemos que estos datos bastan para identificar la persona de quien venimos hablando. Ana Núñez murió el mismo día en que dictó su última voluntad, según se desprende del principio del inventario.

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Hemos encontrado también el testamento de Pedro de Torquemada, en un tomo formado de restos de escrituras, colocados sin orden ni concierto, pero tan deteriorado que sólo se puede leer de él lo que ponemos entre los documentos al número I y no ofrece nada interesante, ni siquiera la fecha que está destruida como la mayor parte del instrumento.

Otra escritura, la que lleva el número VI, está falta del principio, y no se sabe qué persona fuese la que testó en 12 de Mayo de 1478. Sólo se sabe por el contenido de lo que queda que era una mujer, al parecer, en posición desahogada, y soltera ó viuda sin hijos, puesto que deja por heredera á la Santa Cruzada. Manda esta dama incógnita á su sobrino Rodrigo de Arana 1.000 maravedises, á su sobrina Mayor Enríquez 2.000 maravedises y á sus hermanas Catalina Rodríguez, viuda de Juan de Torres, y Elvira González, viuda de Martín Molina 2.000 maravedises á cada una. Nombra otro sobrino, clérigo, capellán de San Pedro, llamado Juan García de Saucedo.

De estos parentescos podría conjeturarse que Rodrigo de Arana, Mayor Enríquez y Ana Núñez fuesen hermanos si no supiésemos por el codicilo del primero y el testamento del último que no son hijos del mismo padre, pero parécenos verosímil que Pedro Núñez de Arana, abuelo materno de Beatriz Enríquez, fuese hermano de Juan Enríquez de Arana, padre de Rodrigo y abuelo de Diego de Arana, el que murió en el fuerte de Navidad.

Rodrigo de Arana debió ser casado dos veces, siendo del primer matrimonio el hijo Diego. En segundas nupcias casó con lucía Núñez, y no Ruales como dice el asiento del códice colombino11, quien también sería viuda al tiempo en que casó con Arana. Así se desprende del testamento de ésta (documento núm. V), donde instituye herederos á su hermana Leonor Gutiérrez y á su hijo Diego de Góngora12 y no nombra para nada á Diego de Arana y á Catalina, hijo y nieta de su marido.

De todo esto deducimos que Diego de Arana era primo segundo de Beatriz Enríquez y los padres de éstos primos hermanos. Respecto á la condición social de esta gente, puede asegurarse que pertenecían al estado llano, aunque tuviesen algunos bienes de fortuna. Pruébalo el que Pedro de Arana aparece entre los   —467→   criados de D. Fernando Colón en el testamento de éste publicado por Mr. Harrisse, y aún más el que en 27 de Octubre de 1472 un Lope de Arana, hijo de Ruy Díaz de Arana, casó con Violante Suárez, hija de Diego Suárez y de Leonor Fernández, criada de D. Egas Venegas.

(Véase el documento núm. VII.)

Otros dos documentos, los números VIII y IX, nos dan á conocer otro Rodrigo Enríquez de Arana, hijo de Juan Rodríguez de Arana13, casado con Constanza de Alarcón y en mejor posición que sus parientes. Algunos días hemos estado creyendo que estos Rodrigos eran uno mismo y que habíamos leído mal el apellido del padre, pero hemos vuelto á examinar los tres documentos en que se le nombra y no cabe duda de que en dos dice Rodríguez y en uno Enríquez.

El 2 de Junio de 1471 murió, como hemos dicho antes, Ana Núñez, dejando huérfanos de padre y madre á Pedro de Arana y Beatriz Enríquez y encomendados á su abuela Leonor Núñez y á su tia Mayor Enríquez. Debieron quedar muy niños, puesto que á la muerte de D. Fernando Colón, en 1539, vivía aún el primero, y desde la fecha primera á la segunda hay sesenta y ocho años. Es muy probable que el nacimiento de Beatriz fuese la ocasión de la muerte de su madre. Quedaron pobres, muy pobres. Ana Núñez no murió en su casa, sino en la de su madre o su hermana, puesto que testó en el barrio de San Pedro y su domicilio era en el de Santiago14.

En su habitación no se encontraron más que muebles muy viejos y muy escasos15; cualquier jornalero de hoy tiene más y mejores. Mayor Enríquez la socorría bastante en sus desgracias, según se expresa en el testamento, y aunque dejó algunos bienes raíces, son insignificantes, pues se reducen á una huertezuela, un lagarejo y dos pedazos de viña en el pago de Trassierra, que siempre fué y es pobre y montaraz y que acaso se vendieran para poderse mantener la familia de allí adelante.

De quince á veinte años debía contar Beatriz en 20 de Enero de 1485, que llegó á Córdoba por primera vez Cristóbal Colón16, y quién sabe si sería la moza del mesón en que aquél se hospedara. El futuro almirante siguió á la corte durante el invierno   —468→   de 1486 á 87 á Salamanca y Córdoba. En 5 de Mayo del Si recibió en Córdoba el primer socorro pecuniario de los Reyes Católicos, consistente en 3.000 maravedís por cédula de Alonso de Quintanilla con mandamiento del obispo de Palencia17. De aquí fué á Málaga y en el invierno de 1487 á 88 tuvo sus amores con Beatriz, que parió el 15 de Agosto del 88. Después del nacimiento de Don Fernando fué Colón á Portugal, acaso á la muerte de su mujer Doña Inés Moñiz de Perestrello, y estaba de vuelta en Córdoba el 12 de Mayo de 1489, en que se dió orden para que le dieran albergue en todas las villas donde el servicio de sus Altezas reclamara su presencia18.

Nada más que esto se sabe de la estancia en Córdoba de Colón, porque las actas capitulares de la catedral de este período no existen y las del Ayuntamiento no le mencionan, y hasta ahora no se ha encontrado ningún documento público otorgado por él ni á que estuviera presente. Queda, pues, en el misterio cómo trabó Colón conocimiento con Beatriz, habiéndose puesto en claro solamente que ésta no era noble, ni rica, sino sólo una pobre huérfana medio ó totalmente abandonada y muy joven, por todo lo cual muy expuesta á ser seducida, como lo fué por el gran navegante. Cristóbal Colón no dejó de conocer su falta y le asignó por su testamento una pensión anual de 10.000 maravedís, encargando que se le pagara, porque esto era «en descargo de su conciencia». También protegió á los parientes de Beatriz, llevando en sus expediciones á Diego y á Pedro de Arana.

Creemos que con los documentos que á continuación copiamos y con lo dicho queda delineada bastante bien la figura de Beatriz Enríquez y determinada la condición social de ella y los suyos: gente sencilla, honrada pero pobre y de humilde extracción, y antes de concluir daremos cuenta de otro documento que hemos encontrado sin relación con esta familia, pero que debe conocerse. Es el último que publicamos entre los justificativos, y sirve para afirmar que, ó había en España antes de la venida de Colón gente que usaba este apellido, ó vino antes que él un pariente de quien nadie ha hablado, pero que en España ó en Portugal vivía bastante tiempo antes de 1489, en que testó en Córdoba estando enfermo. El testamento no ofrece nada interesante más que el nombre   —469→   del padre del testador. Este se llamaba Pedro González, hijo de Bartolomé Colom González ó Sánchez. El segundo apellido está abreviado, pero creemos que dice González. Ambos nombres están escritos como indica este calco.

Calco

No creemos que sea Bartolomé Colón hermano de Cristóbal, por el segundo apellido, puramente español. Si no es éste y pertenece á la familia, es indudable que debía andar por aquí hacía mucho tiempo, porque el testador era casado, con hijos y una hija. Constanza Díaz era casada en segundas nupcias. Hay que suponerle al padre por lo menos cuarenta años de edad, y el Bartolomé Colom, aunque sólo tuviese otros veinte más que su hijo, tendría sesenta, y como el segundo apellido es español, hay que suponer que hacia 1425 ó poco más vino á la Península un Colón que se casó y avecindó. De aquí nace un nuevo problema. ¿Motivaría la venida á España de Cristóbal Colón la estancia en ella de alguno de sus ascendientes?

Problema es éste que sólo un examen muy minucioso de los archivos de protocolos lo podrán aclarar, y ese examen acaso nunca se haga.







Documentos justificativos


Documento núm. I

Restos del testamento de Pedro de Torquemada


Oficio 14, nota ó tomo 15, cuaderno 8, folio 14.

Sepan cuantos esta carta de testamento vieren como yo Pedro de Torquemada fijo de Juan Ruiz de Biedma vecino que so en la muy noble e muy leal cibdad de Córdoba en la collacion de Sant Miguel estando enfermo del cuerpo e sano de la voluntad... por ende falto e otorgo este mi testamento e manda de mis bienes a   —470→   honor de Dios... e mando primeramente mi anima á Dios... gloria e paraíso...

Mando que mi cuerpo lo entierren en la iglesia de Sant Miguel en esta ciudad e mando... misas y mandas de costumbre... a los frayles de Sant Francisco cincuenta mrs. e mando á Mari Rodríguez...






Documento núm. II

Testamento de Ana Núñez de Arana


Oficio 14, nota 7, cuaderno 12, folio 159.

Sepan cuantos esta carta de testamento vieren como yo Ana Nuñez de Harana mujer legítima de Pedro de Torquemada, que Dios haya, vecina que so en la muy noble e muy leal cibdad de Córdoba en la collacion de Sant Pedro estando enferma del cuerpo e sana de la voluntad y en mi buen seso, memoria e entendimiento natural cual Dios me lo quiso dar e creyendo firmemente en la santa e verdadera Trinidad así como todo fiel cristiano debe creer e temiendome de la muerte que es natural, de la cual persona alguna no se puede escusar e porque por esto el mejor remedio que yo pueda haber es tener escrito e ordenado mi testamento e mi postrimera voluntad, por ende conozco e otorgo que fago e ordeno este mi testamento e ultima e postrimera voluntad de mi e de todos mis bienes a honor de Dios y de la Virgen Santa Maria madre, con toda la corte celestial, en que mando primeramente mi anima a Dios padre mi señor que la fizo e creó e redimió a la su santa gloria e paraíso; e encargo, cuando de mi acaesca finamiento, mando que lo entierren en la iglesia de la dicha collacion de San Pedro e mando que el día de mi enterramiento que me digan en la dicha iglesia de San Pedro una misa de requiem cantada e dende en adelante fasta los nueve dias primeros siguientes que me digan cada día una misa rezada e que fuera de los nueve dias que se diga otra misa de requiem cantada, e mando que se ofrende de pan e vino e cera en la dicha iglesia de Sant Pedro los dichos nueve dias, e mando a la obra de la dicha iglesia de Sant Pedro por honra de los santos sacramentos que recibo diez mrs., e mando a la cruzada e de la Santa Trinidad   —471→   a cada una un maravedí, e a Santa Maria de la Merced treinta maravedís para ayuda á la redencion de los cristianos que están cautivos en tierra de moros, e cuando á la obra de la iglesia catedral desta cibdad seis mrs. e cinco dineros por ganar sus santos perdones e indulgencias e mando á las emparedadas de todas las iglesias de esta dicha cibdad con las de Santa Maria de las Huertas, á cada una un maravedí y encomiendoles que rueguen á Dios por mi anima, e mando que digan cinco misas rezadas en la dicha iglesia de Santa Maria por el anima de Pedro Nuñez de Harana mi padre, e mando á Mayor Enriquez de Harana mi hermana el remanente del quinto de todos mis bienes raíces e muebles e derechos e acciones por el buen deudo que con la dicha mi hermana tengo e por gran descargo de muchas honras e buenas obras que de ella he recibido e recibo de cada día, e cumplido e pagado todo esto que yo aqui mando en este mi testamento en la manera que dicha es, el remanente que fincare de todos mis bienes raíces e muebles e derechos e acciones mando que lo hayan e hereden Pedro de Harana e Beatriz de Harana mis hijos legítimos e de dicho Pedro de Torquemada mi marido á los cuales yo establezco por mis herederos legitimos en todo el dicho mi remanente de los dichos mis bienes. E para cumplir e pagar todo esto que yo aqui mando, en este dicho mi testamento en la manera que dicha es, fago mis albaceas a Leonor Nuñez mi madre e a la dicha Mayor Enríquez de Harana mi hermana, e apoderolas de todos mis bienes e dolos poder cumplido, libre e llenero para que ellas o cualquier de ellas por si insolidum miren e tomen mis bienes e de ellos vendan e cumplan e paguen todo esto que yo aqui mando y encargolas en esta parte sus conciencias; revoco e anulo e do por ningunos e de ningun valor e efeto todos cuantos testamentos e mandas e codicilos que yo fiz e tengo fechos e ordenados en cualquier manera antes de este que otro alguno no quiero que valga, salvo este que es mi testamento e testimonio de la mi postrimera voluntad que es fecha e otorgada esta carta de testamento en la dicha cibdad de Cordoba dos días de junio año del nacimiento de nuestro Salvador Jesuchristo de mil e cuatro cientos e setenta y un años. Testigos que fueron presentes al otorgamiento de esta carta de testamento, llamados e rogados por parte de mi   —472→   la dicha Ana Nuñez de Harana testadora con el escribano publico de yuso escrito, Alfon Garcia de Ecija fijo de Juan Alonso de Erija, e Nuño Gonzalez Ferrero fijo de Juan Alfon Ferrero e Garcia Rodriguez peraile hijo de Pedro Rodriguez de Valladolid e Lucas Fernandez fijo de Miguel Fernandez e Anton Garcia albañil hijo de Esteban Garcia albañil vecinos e moradores en esta cibdad de Cordoba. Yo Gonzalo Gonzalez escribano publico de Córdoba en uno con los dichos testigos fuy presente al otorgamiento de esta carta de testamento e so ende testigo.






Documento núm. III

Inventario de bienes de Ana Núñez de Arana


Oficio 14. Nota 7. Cuaderno 12, fol. 155.

En Cordoba nueve dias del dicho mes de junio del dicho año de setenta y uno estando en unas casas que son en la collacion de Santiago en las cuales facia su morada al tiempo que vivia Ana Nuñez de Harana mujer de Pedro de Torquemada, difunto que Dios haya, estando y presentes Leonor Nuñez su madre e Mayor Enriquez de Harana su fija e hermana de la dicha Ana Nuñez, las cuales dijeron que hoy ha siete dias que la dicha Ana Nuñez falleció de esta presente (sic) la cual fizo su testamento por escrito como por bien tubo en el cual fizo ciertas mandas e legados á personas ciertas e lugares señalados e las hizo albaceas, las cuales dijeron, que como albaceas querian facer inventario de los bienes muebles que ella dejó por suyos en las dichas casas e así mismo de los bienes raices que por suyos dejó los cuales dichos bienes son los siguientes.

Primeramente un almadraque con lana demediado.

Otro almadraque con lana vieja.

Vn colchon de estopa con lana demediado.

Vn almadraque de cama llena de paja usada.

Otro almadraque vacia vieja.

Dos sabanas de estopa vieja.

Cuatro almohadas de lienzo con lana viejas.

Vna colcha blanca usada.

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Vn paño de cama viejo.

Vna alcatifa usada.

Seis bancos y dos zarzos viejos.

Dos zargas de lana colorada viejas.

Vn suelo de lienzo de estopa colorado usado.

Vn baul pintado.

Otro baul blanco viejo.

Vn arca grande con su cerradura e llave usada.

Vna mesa de torno con un ¿baston? usada.

Vna almazala vieja.

Vna arteza mediana usada.

Vn calderete pequeño viejo.

Vna sarten de cobre vieja.

Dos azadores de hierro medianos.

Vnas parrillas viejas de hierro.

Vn brasero de hierro viejo.

Vnas trévedes e un polvero viejo.

Vna silla de costillas vieja.

Vn costal para harina viejo.

Vna arquilla pequeña sin cerradura vieja.

Vn arca vieja sin cerradura.

Tres canastas de mimbre viejas.

Vnos manteles de lienzo e otros de estopa pequeños usados.

Vna espada quebrada con su vaina.

Dos candiles sin candilejos.

Vna zaya aceitunada usada de paño de la tierra.

Vn mantillo prieto usado de veinte.

Vna camisa de herrado vieja de lino orillada.

Vn tocadero de lino viejo.

Vna ¿yaplilla? vieja.

Vn jubon fiesta blanco con mangas e collar de paño aceitunado viejo y roto.

Vn zayo de paño de diez y ocho roto.

Vn capuz pardillo de diez y ocho viejo.

Vn cinto veinteno viejo blanco.

Dos capachos de mimbre viejos.

Dos seras de esparto.

  —474→  

Vna cama vieja.

Vna talla pequeña de hierro.

Vna tabla mesa vieja.

Vna tinajuela... para agua.

Otras dos tinajas para aceite.

E mas una huerta cerca de el aldea de Santa Maria de Trassierra e un pedazo de viña que alinda el uno con el otro e alinda la dicha huerta e el pedazo de una viña con viñas de Carrillo veinticuatro e con viñas de Anton Ruiz maestro fijo de Anton Ruiz:

E unas casas e lagar e pila e tinajas en el aldea de Santa Maria de Trassierra que alinda con casas de Anton Gomez Caballos de Rey e con casas que fueron de los licenciados e la calle. Y mas un pedazo de viñas en la limitacion de la dicha aldea en el pago que dicen de las Huertas que alinda con viñas de Gonzalo Rodriguez de Baeza e con viñas de Anton Garcia e con viñas de Diego de Toro fijo de Alonso Fernandez e el camino que va al molino de los frayles e la senda que va al pago de las Tapias.

Los cuales dichos bienes muebles otorgaron que reciben en su poder e otorgan de dar razon dellos á quien con derecho los deban haber cada e cuando les fueren demandados e para así cumplir amas á dos de man comun y a voz de uno obligaron á sí e á sus herederos e renunciaron las leyes. Testigos Juan Lopez de Alvaro labrador fijo de Juan Lopez, e Anton Ruiz fijo de Alonso Sanchez, e Juan Sanchez su hermano vecinos de esta cibdad.

(A continuacion.) En este dicho dia otorgó su poder Mayor Enriquez de Harana fija de Pedro Nuñez de Harana á San Pedro á Anton Garcia de Castro escribano del Rey e... (Falta lo demas).






Documento núm. IV

Codicilo de Rodrigo de Arana


Escribanía de Pedro Gonzalez, t. II, fol. 135 v.

En este dicho dia (4 de Agosto de 1489) fizo un codicillio Rodrigo de Harana fijo de Juan Enriquez de Harana que Dios haya, vecino á Santo Domingo estando enfermo, por cuanto fizo su testamento   —475→   a treynta y uno de julio en Trassierra ante Diego de Cordoba, escribano publico de Trassierra, e ciertos testigos e queriendo enmendar algunas cosas en él que quiero amenguar que por cuanto mando á Diego de Harana mi fijo una mula pardilla por ende manda que la dicha mula y sus dos asnos que se vendan para cumplir e pagar las mandas de pia causa que él mandó en el dicho su testamento.

Iten dice que por cuanto el mandó á Catalina de Harana su nieta fija del dicho su fijo un pedazo de viña en la limitacion de la aldea de Santa Maria de Trassierra que era de su lagar que él tiene en Trassierra que es de frente á la huerta de la culebra que alinda con viñas de San Martin e con viñas de herederos de Pedro de Cardenas, que no le sea dada e que se de á Juan de Frias porque es del dicho Juan de Frias.

A Santo Domingo cincuenta mrs.

A su confesor el rector otros tantos.

E por cuanto mandó que ficiese cuenta con Beatriz Enriquez su sobrina hija de Pedro de Torquemada é si algo le alcanzase que lo cobrase, manda que non faga cuenta con ella ni le pidan cosa alguna porque le face gracia de lo que le debe, si algo le debe e si algo le debiese.

Manda que Anton de Palma e Cristobal de Mesa veinticuatro sean sus albaceas e manda que no sea albacea Juan de Frias.

Manda al dicho Anton de Palma mill mrs. por el buen amor que le ha e por el trabajo que ha de tomar en cumplir su anima e en todo lo que al que de este dicho testamento en su fuerza y vigor como en él se contiene. Testigo Diego Ferrandez rector de la iglesia de Santo Domingo desta cibdad.=Anton Garcia.=Pero Gonzalez.






Documento núm. V

Testamento de Lucia Núñez mujer de Rodrigo de Arana


Escribanía de Pedro Gonzalez, t. II, fol. 316.

En Cordoba en este dicho dia cuatro dias de agosto del dicho año (1489) otorgó Locia Nuñez mujer de Rodrigo de Harana vecina á Santo Domingo que face su testamento fecho en forma.

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Mandose enterrar en el monasterio de Santa Ines de esta cibdad en el habito de Sant Francisco.

Oficios cumplidos.

Mandas acostumbradas.

Manda que digan diez misas rezadas por las ánimas de sus padres e manda en Santa Ines.

Tres misas rezadas por las animas del purgatorio en Santa Ines.

Manda para que vistan á señora Santa Marina en la iglesia de Santa Marina desta cibdad unas faldillas de grana colorada con una cortapisa de terciopelo negro e una camisa de lienzo casero delgada con sus cordones de seda negra toda en fuerza e de un cabo de trapo de seda nuevo que ella tiene porque señora santa Marina sea oradora á Dios por su anima.

A la obra de Santo Domingo dos reales de plata.

Al rector de la dicha iglesia su confesor dos reales.

Manda á la sacristania de Santa Marina una arca de pino que ella tiene usada.

Manda á Teresa su criada cuatro mil mrs. por el buen servicio que le fizo.

Manda á Tocino hermano de su yerno Maestro Juan el que mora á la calle de Carreteras dos fanegas de trigo que le es encargo y si no fuere vivo que las den á sus herederos, e manda á Bartolomé Lopez fijo de Juan Lopez que moran á la calle de la Madera otras dos fanegas de trigo que le es en cargo e manda, á Leonor Gutierrez su fija unas faldetas caneladas de binjas mayores con sus cuerpos tijados e manda a Elvira Lopez su hermana mujer de Anton de Palma una cama de bedenes de brocado de Flandes que son seis piezas.

Manda que paguen á Alonso de Córdoba platero fiel de la plata dos mil mrs. que le debe de cierto chamelote e que reciban de él cuarenta e un pesos de manteles de lino que tiene en prenda de Antón, buenos é muchos.

Manda que recauden de Pedro Fernandez alguacil mil mrs. que le es en cargo de ciertos paños que le fizo á él e a Pedro de Palma e les cobró de la manda que le fizo Pedro de Palma para Alonso Chapines e que sean para ayuda á pagar al dicho Alonso de Córdoba platero.

  —477→  

E manda al dicho Rodrigo de Arana su marido dos pares de casas que ella tiene suyas en esta cibdad las unas en la collacion de Santo Llorente á la cal de Topos e las otras en la collacion de San Andrés á la calle del Moyano en una barrera, las cuales dichas dos pares de casas compró de Gonzalo Ruiz de Reina carpintero.

Manda al monasterio de Santa Inés unas casas con una finca que ella tiene suya en Trassierra que compró de Juan de Frias que alinda con lagar de Benito Gonzalez de los Mulos e con casas de Pedro Ruiz canonigo... e con condicion que digan el dia de santa Lucía de cada un año para siempre jamas le faga la fiesta, que digan un responso e misa e sermon con su... e otro dia siguiente una misa de requiem con su vigilia sobre su sepultura. E esto es condicion... que de cada año fiesta e despues de su vida... lo cumpliere que lo haya el monasterio de santa Inés con el dicho cargo de hacer de dicha fiesta...

A la obra de santo Domingo seis varas de lino de seis palmas en ancho.

E cumplido e pagado esto fizo herederos á Leonor Gutierrez su hermana e á Diego de Gongora su fijo.

Albaceas á Anton de Palma é á Juan de Frias e apoderolos e remato.

Testigos Diego Fernandez, rector de la iglesia de santo Domingo e Diego de Soria hijo de Alonso Soria e Juan Patyno hijo de Juan Sanchez Patyno vecinos desta cibdad.-Anton Garcia.-Pedro Gonzalez.






Documento núm. VI

Testamento de una mujer pariente de Beatriz Enríquez de Arana


Oficio 14, nota 11, cuaderno 10, folio 4.

(Falta el principio) dicho olivar de suso lindado e certificado para adjutoria á la lumbraria de la lámpara del Sagrario con tal condicion e postura que quede como queda el dicho convento   —478→   de frailes de San Francisco haya de cada un año perpetuamente los dichos cincuenta mrs. en remuneracion e satisfaccion de la dicha memoria e cuando á mi sobrino Rodrigo de Harana mil mrs. por el deudo que con él tengo, é mando á Mayor Enriquez mi sobrina dos mil mrs. por el deudo que con ella tengo e mando á mi hermana Catalina Rodriguez mujer que fué de Juan de Torres difunto que Dios haya dos mil mrs. e mando á Elvira Gonzalez mi hermana mujer que fue de Martin de Molina difunto otros dos mil mrs. e mando á la dicha Marina Rodriguez mi sobrina mujer del dicho Juan de Cordoba una mi ropa de estameña prieta e más una pieza de lienzo de lino por curar por el deudo que con ella tengo e porque lo ha menester, e mando á Marina mi criada mujer de Fernando Calderero mil mrs. por amor de Dios e porque es pobre ó mando por amor de Dios y en ayuda al rescate de Lucia fija de Diego Gutierrez de la Figuera que está cautiva en Loja cuatro mil mrs. e mando que den á Ana Gomez por amor de Dios unas mis faldetas blancas e mas una alfardilla e mas cien mrs. e encomiendole que ruegue á Dios por mi anima e mando á Juan García de Saucedo mi sobrino clérigo capellan de la iglesia de sant Pedro mil mrs. e encomiandole que rueguen á Dios por mi anima, e cumplido e pagado todo esto que yo aquí mando en este mi testamento, el remanente que fincare de todos mis bienes muebles é raíces, títulos e acciones mando que los hayan ó los hereden el hermano mayor de la Santa Cruz... de Jesucristo para que los gaste e distribuya en obras memorias <†> e para cumplir é pagar esto que yo aquí mando en este mi testamento fago mis albaceas e ejecutores del al dicho Juan Ruiz clérigo rector e beneficiado de la dicha iglesia de san Pedro e al dicho Rodrigo de Harana mi sobrino e apoderolos en todos mis bienes á los cuales do e otorgo todo mi poder cumplido, libre e llenero a amos á dos juntamente e á cada uno de ellos por si e in solidum para que entren é tomen de los dichos mis bienes é vendan e cumplan e paguen todo esto que yo aquí mando en este mi testamento e encargoles en esta parte sus conciencias que ellos ficieren de bien por mi anima á tal de parte de Dios que faga por las suya e mando á los dichos albaceas doscientos mrs. e revoco todo,   —479→   cuantos testamentos e mandas e codicilos tengo fechos e fice antes de este que no quiero que valan salvo este que es mi testamento e mi postrimera voluntad que es fecho e otorgado en esta dicha ciudad de Cordoba doce días de mayo del año del nascimiento de nuestro señor Jesucristo de mil cuatrocientos é setenta e ocho años. Testigos... (No hay más. De los otros instrumentos que anteceden y siguen se deduce que el escribano fué Diego Sánchez.)






Documento núm. VII

Dote de Violante Suárez mujer de Lope de Arana


Oficio 14, nota 11, cuaderno 1.º, folio 8.

En Cordoba veinte e siete dias del mes de Otubre de este dicho año de mil cuatrocientos setenta é dos años otorgó Lope de Harana fijo de Rui Diaz de Harana vecino en la collacion de Omnium Sanctorum que recibió en dote e en caudal en casamiento á Violante Suarez su esposa fija legítima de Diego Suarez é de Leonor Fernandez su legítima mujer ó criada del honrado caballero Egas Venegas que su anima haya santa gloria e de Doña María de Aguayo su mujer veinte e cinco mil mrs. que le da con ella en el dicho casamiento e por su dote e caudal Egas hijo de los dichos señores Egas Venegas e Doña María así como heredero del dicho su padre en esta guisa los veinte mil mrs. que el dicho Egas su padre le da por su testamento é los cinco mil de sus bienes de él graciosamente por la crianza que ella ha habido en la casa de los dichos sus padres, &.ª &.ª

Testigos, Juan Muñoz calderero fijo de Alfon Muñoz é Juan de la Sierra fijo de Juan Sánchez criado de García de Montemayor e Gutierre Rodriguez tejedor fijo de Gutierrez Fernandez e Rodrigo de Morales fijo de Rui García de Morales vecinos de Cordoba.-Gomez Gonzalez escribano público.





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Documento núm. VIII

Reconocimiento de dote hecho por Rodrigo Enriquez de Arana en favor de su mujer Constanza de Alarcón


Oficio 14, nota 4, cuaderno 9.º, folio 6.

Sepan cuantos esta carta vieren como yo Rodrigo Enriquez de Harana fijo de Juan Rodriguez de Harana que Dios haya, vecino que so en la muy noble e muy leal cibdad de Cordoba en la collación de Sant Pedro conozco é otorgo á vos Constanza de Alarcon mi legitima mujer fija legitima del bachiller Diego de Alarcon e de... Rodriguez que fue su legitima mujer que Dios haya, é digo que por cuanto el tiempo que nos casamos vos trajo á mi poder por vuestro dote e caudal treinta mil mrs. en ropas e joyas en que fueron apreciados con las arras que vos yo di de los cuales vos otorgué carta dotal, segun mas largamente se contiene e face mencion en la dicha carta e despues desto vos la dicha Constanza de Alarcon mi mujer hobiste e heredaste de Constanza Alfon vuestra abuela e de la dicha Catalina Rodriguez vuestra madre, su fija, un par de casas en la barrera del jurado Juan Ruiz que Dios haya, en la collacion de San Salvador que alinda con casas de Pedro de Quintana e con casas que fueron del dicho jurado, e otro par de casas en la collacion de San Pedro en la barrera de Martin Alfonso de Villaseca que alindan con casas del dicho Martin Alfonso e con casas de Diego Gutierrez de los Rios, e otro par de casas en la collacion de San Pedro en la plazuela que dicen del Çapico que alindan cor el horno de la dicha plazuela los cuales dichos tres pares de casas yo vendi por cincuenta mil mrs. de esta moneda usual los cuales yo recibí y pasé á mi poder de los cuales me otorgo e tengo de vos por bien contento entregado á toda mi voluntad e que en algun tiempo no pueda decir ni alegar que no los recibí de vos e si lo dijera que no valga á mi ni á otro por mi en juicio ni fuera dél sobre lo cual renuncio á la esencion de la pecunia no vista ni contada ni recibida ni pagada e á la ley e derecho que dice que las firmas de la carta deben ver facer la paga en dineros ó en otra cosa que lo   —481→   vala e que el que fizo la paga si le es negada, que es tenido á lo... dos años como se fizo, los cuales dichos cincuenta mil mrs. otorgo que son vuestros e vuestro dote e propio caudal que primeramente con vos recibí, por tal otorgo é quiero e es mi voluntad e consiento que luego que cada e cuando acaeciere porque el matrimonio se ha de apartar entre mi e vos la dicha mi mujer, en cualquier manera que vos la dicha Constanza de Alarcon ó vuestros herederos que hallades é cobredes luego de mis bienes los dichos cincuenta mil mrs. de mas e allende de los dichos treinta mil mrs. contenidos en la dicha carta dotal sin atender ni esperar la declaracion del año que el derecho quiere ni otra declaración alguna por cuanto yo renuncio la dicha declaracion y el derecho que me la otorga e para lo así cumplir e pagar obligo á todos mis bienes muebles é raíces los que he e habré e presentar carta pago e pido e doy poder complido á cualquier alcalde ó juez ante quien fuere mostrada que luego que acaeciere porque el dicho matrimonio se departa de entre mi e vos, como dicho es, hagan facer entrega en mis bienes pido que ge la yo haga por los dichos cincuenta mil mrs. e los bienes en que la dicha entrega por esta razon fuere fecha, que gelo faga vender en el almoneda bien así mismo por esto que fase pasada ordenadamente en cosa juzgada e consentida entre partes en juicio e que los mrs. e de su valía que me entregan que fagan facer pago complido á vos la dicha Constanza de Alarcon mi mujer ó á los dichos vuestros herederos de los dichos cincuenta mil mrs. de mas e allende del dicho vuestro dote e caudal que primeramente con vos recibí como dicho es, de todo bien e complidamente en guisa que vos non mengüe ende cosa alguna en razon e defension e esepcion que con lo que dicho es o contra parte dello en cualquier manera por lo non cumplir que non vala a mi ni á otrie por mi en juicio ni fuera del en fee de lo cual otorgo esta carta ante escribano público de Cordoba e testigos de yuso escritos que es fecha e otorgada esta carta en Cordoba dos dias de noviembre año del nacimiento de nuestro señor Jesucristo de mil cuatrocientos e sesenta e siete años. Testigos que fueron presentes al otorgamiento de esta carta llamados e rogados Diego Diaz de Carmona fijo de Juan Gonzalez de Carmona e Juan   —482→   Alfonso de la Morena fijo de Garci Fernandez e Juan Rodriguez de Ayllon fijo de Pedro Fernandez e Miguel Sanchez Bonifaz tondidor fijo de Pedro Fernandez Bonifaz e Miguel Ruiz de la Cruz barbero fijo de Juan Ruiz de la Cruz e Diego Ferrador fijo de Anton Martinez vecinos e moradores de esta cibdad.-Gonzalo Gonzalez.

Fecha carta llevada para la dicha Constanza de Alarcon.






Documento núm. IX

Venta de una finca de campo de Rodrigo Enríquez de Arana y Constanza de Alarcón


Oficio 14. Nota 4. Cuaderno 8, folio 3.

En Cordoba diez dias de Febrero de mil cuatrocientos e sesenta e siete años vendieron Rodrigo Enriquez de Harana fijo de Juan Rodriguez de Harana y Constanza de Alarcon su legitima mujer en su presencia e consentimiento, vecinos en San Pedro á Anton Muñoz labrador fijo de Anton Muñoz e Ines García su mujer vecinos en la dicha collacion una heredad de casas, viña e tinajas e olivares e otros arboles que ellos tienen suya cerca de la ciudad en el pago de Valdelecha que ha linderos olivar de Juan Rodriguez el abadejo e el camino real e olivar de Labrada e viña e olivar de Fernando Diaz del Oyo por precio de diez mil mrs. que de ellos otorgaron haber recibido de que se otorgaron por pagados e contentos e entregados a toda su voluntad e renunciaron la paga e á la esencion de la pecunia e dieron bien poder para tomar la posesion; en esta razon otorgaron carta complida con donacion de la masía e con autoría e plazo de quinto día so pena de las tornar los dichos diez mil mrs. con el doblo e para lo ase complir e pagar amos á dos marido e mujer... obligaron sus bienes e herederos e renunciaron las leyes e su marido consintió. Testigos Miguel Ruiz tejedor fijo de Miguel Ruiz tejedor e Anton de Quintos tejedor fijo de Diego Martinez vecinos de la collacion de San Pedro.

Fecha la carta e llevada. (Rubrica del escribano Gonzalo Gonzalez.)

En sabado en la tarde catorce de Febrero de dicho año el dicho   —483→   Rodrigo de Harana por si e en nombre de su mujer dió la posesion de las dichas casas al dicho comprador el cual la tomó por si en nombre de su mujer e tomó e cobró la posesion de ella e pidió testimonio. Testigos Juan labrador... (El resto está destruido.)






Documento núm. X

Testamento de un hijo de cierto Bartolomé Colom


Escribania de Pedro Gonzalez, t. II, folio 449 v.

En Cordoba en veinte y cuatro dias del dicho mes de Octubre del dicho año (1489) fizo su testamento Pedro Gonzalez fijo de Bartolome Colom ¿Gonzalez? que Dios haya, vecino á Santa Maria estando enfermo.

Mandose enterrar en el monasterio de San Francisco de esta ciudad.

El día del enterramiento misa de requiem cantada e los nueve dias nueve misas rezadas.

En fin de los nueve dias otra misa de requiem cantada todas con ofrenda de pan e vino e cera.

A la obra de la iglesia mayor medio real para honra de los santos sacramentos e porque le sean otorgados sus santos perdones.

A la cruzada e a la santa Trinidad e á santa Maria de la Merced a cada una un mrs.

A las emparedadas sendos mrs.

Que digan por las animas de su padre e madre dos misas rezadas en San Francisco.

Otras dos misas rezadas por las animas del purgatorio.

Manda que luego que de el acaesca finamiento sea entregado de sus bienes Maria Alfon su mujer en los veinte e cinco mil maravedis de su dote y arras segun por la carta parecerá.

E ruega e manda á Bartolomé Gonzalez su hijo porque le alcance la bendicion de nuestro señor e la suya que tenga á la dicha su madre consigo en su casa donde el mora ó morare y no le lleve alquiler ninguno.

E dice que por cuanto tiene dado á Constanza Diaz su hija con Bartolomé Gonzalez su primer marido diez e siete mil e quinientos   —484→   e cincuenta mrs. lo cual juro <†> e dice que por cuanto tiene dado el dicho Bartolomé su hijo de sus bienes seis mil e cuarenta maravedises por el arrendamiento de las casas mas mil mrs. quien lo solicitó lo cual juró por ende manda que el dicho su hijo sea entregado de sus bienes en otros diez mil e cincuenta mrs. como tiene dados á la dicha Constanza Diaz su hija.

E cumplido é pagado esto fizo herederos á los dichos Bartolo Gonzalez e Constanza Diaz sus hijos.

Albaceas á Pedro de Vbeda su yerno e Anton de Cordoba sedero e apodero los e remato.

Testigos el dicho Anton de Cordoba sedero albacea é Francisco fijo de Juan Rodriguez e Ferrando que son de Ecija vecino Palma e vecinos de esta ciudad.

Anton Garcia.=Pedro Gonzalez.



Córdoba, Noviembre de 1900.



 
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