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- Título:
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Práctica universal forense de los tribunales de España, y de las Indias. Volumen I / su autor don Francisco Antonio de Elizondo ... - Registro bibliográfico
- Autor:
-
Elizondo, Francisco Antonio, n. 1743
- Portales:
-
Biblioteca Virtual Joan Lluís Vives
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| Fondo Antiguo de Universidades y Colecciones Singulares
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| Universitat de Barcelona. Fons de Reserva
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- Pub. orig.:
- Madrid : por D. Joachin Ibarra, 1783-1788
- Materias:
-
Procediment civil | Tribunals | Manuscritos digitalizados | S. XVIII | Dret colonial espanyol | Espanya | Amèrica
- Fragmentos
'Escritores del Reyno de Valencia' en la obra
: (20
coincidencias encontradas)
-
-
servir de obstáculo, se hallase prescripto el derecho de
executar por él (1) : y aunque por la Ley del Reyno
-
Escritores Españoles (i) , á quienes remití-'
mos á los curiosos.
-
estando en el lugar donde se le dió el-Poder
dentro de quatro meses; si fuera de él, pero dentro del
Reyno
-
Gregorio Valencia 2. 2. ÿ. 4.
de Ordin. çharit. punit. 5. .
(2) 'Michalor. de Fratr.p. 3.
2. n. 3.
(3
-
, no haciéndolo (2).
2 El término de la prueba queda á arbitrio del
Juez ; porque aunque la ley del Reyno
-
Aunque antes todo lo perteneciente á Pósitos del
Reyno se trataba en el Consejo, hoy lo contencioso se
-
M. uno para las veinte y cinco leguas en
contorno de Madrid', y otro para lo restante del Reyno , excepto
-
que se incluyen las Islas de Canarias ; y otra de la Co
rona de Aragon, en la que se comprehenden Valencia
-
estas demandas, y lo mismo otras muchas, que pen
den ante los Jueces superiores, é inferiores del Reyno
-
, y los Consulados de Lima, ó México, se
deciden en los términos j que previenen las Leyes de
aquel Reyno
-
pena de perder el mayo
razgo , por la que pasa al siguiente en grado (5).
13 Aunque por la Ley del Reyno
-
en que
conforme a la Ley de Segovia deba admitirse , lo mis
mo que de las Audiencias de Zaragoza, y Valencia
-
sentencia de revista , y sí
de el en que se haga á la vela la Flota, ó Armada,
que saliere de aquel Reyno
-
sus requisitorias pa
ra la remisión del delinqüente, ó delinqüentes ; y aun
que por las Leyes del Reyno
-
Juicio Criminal.
3°7
dinaria , sino es solo en la que refiere nuestra Ley del
Reyno (i).
.
34 El que
-
M. ó algun Concejo, se ex
presa en la Ley del Reyno (2).
42 La pena del Tutor , ó Curador , que desflora
-
seis años á galeras ; cuya
pena se extienda para con los que las traygan de fue •
ra y vendan en el Reyno
-
M. inclusos los de Aragon, Valencia,
Cataluña, y Mallorca , baxo la pena á los que usa
sen de las insinuadas
-
que
usan de las prohibidas.
46 La pena que anteriormente dexo expuesta se
le impone por la Ley del Reyno
-
Despáchese.
i Por repetidos Acuerdos del Reyno se ha impues
to el tributo con nombre de Sisa sobre la
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Texto
- Título:
-
Práctica universal forense de los tribunales de España, y de las Indias. Volumen II / su autor don Francisco Antonio de Elizondo ... - Registro bibliográfico
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-
Elizondo, Francisco Antonio, n. 1743
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Procediment civil | Tribunals | Manuscritos digitalizados | S. XVIII | Dret colonial espanyol | Espanya | Amèrica
- Fragmentos
'Escritores del Reyno de Valencia' en la obra
: (20
coincidencias encontradas)
-
-
de las Contrataciones de Cadiz ,y Vizcaya : de
Sevilla , Canarias , Aragon , Barcelona , Mallorca,
Valencia
-
Instrucción dispuesta para mayor claridad , y fa
cilidad del cumplimiento de la Ley del Reyno ; en cu
-
no puedan pedirse en ambos
Juicios Executivo , y Ordinario , véase al Señor Ve
la (')•
, ,
8 En el Reyno
-
Ley (3)9 En el Reyno de Mallorca, si se leen los 73 Es
tatutos , impresos. en sus .
-
: en cuyo caso debe admitirse es
ta prescripción.
10 El Bayle General de la Ciudad de Palma en el
Reyno
-
Alonso los tres
Diputados de los Jurados de aquel Reyno, explicados,
y moderados en el de 1441 , las
-
M.
en 6 de Oétubre de 1576 , impresas en el libro de las
Ordenanzas del Reyno de Mallorca, desde el fol
-
Y últimamente , por via de.equidad , en el Reyno de Galicia los raíces- dentro de
treinta años desde
-
,. sailisfectio’el acreedor, con los daños, é intereses;
cuya solicitud algunos Escritores quieren se
-
Juan de Aragon , inserto en el tomo de Or
denaciones de aquel Reyno : en las Indias ; y última
mente
-
Juicio Ordinario.
i6r
que no podía dexar con lustre á la posteridad.
15 En el Reyno de Valencia es práctica
-
cada Reyno, y Provincia estables , y seguros, hallan
do en la jurisdicción , y territorio del amigo
-
No se cumplen Cédulas algunas sin Sobrecarta
de este Consejo en el Reyno , á cuyo fin las comuni
can
-
A los principios de aquel Reyno se gobernó en
lo contencioso por el Lugar-Teniente de S.
-
la Real Audiencia de Aragon,
del que se le envió copia con la nueva planta.
■'
AUDIENCIA REAL DE VALENCIA
-
linea del último poseedor (1); cuya doc
trina corria como en los mayorazgos de Castilla en
los de Valencia
-
A. digo , que
mi Parte ha seguido pleyto en la Real Audiencia de
aquel Reyno con D.
-
Laicos en el Prin
cipado de Cataluña, y todos los demas secularizados,
así en los Reynos de Aragon , y Valencia
-
ellos,45g.
de Sevilla, Canarias, Za
2.
ragoza, Barcelona, Ma
Apelante al Consejo en los
llorca , Valencia
-
Graciosa, qué sea en el Reyno de Galicia, y dentro
de qué tiempo deba in
tentarse , 58. 7.
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- Ibarra, Joaquín, aproximadamente 1754-1785 2 [Eliminar filtro]
- Marín, Pedro 2
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- Práctica universal forense de los tribunales de España, y de las Indias. Volumen I / su autor don Francisco Antonio de Elizondo ... - Registro bibliográfico
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- Elizondo, Francisco Antonio, n. 1743
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- servir de obstáculo, se hallase prescripto el derecho de executar por él (1) : y aunque por la Ley del Reyno
- Escritores Españoles (i) , á quienes remití-' mos á los curiosos.
- estando en el lugar donde se le dió el-Poder dentro de quatro meses; si fuera de él, pero dentro del Reyno
- Gregorio Valencia 2. 2. ÿ. 4. de Ordin. çharit. punit. 5. . (2) 'Michalor. de Fratr.p. 3. 2. n. 3. (3
- , no haciéndolo (2). 2 El término de la prueba queda á arbitrio del Juez ; porque aunque la ley del Reyno
- Aunque antes todo lo perteneciente á Pósitos del Reyno se trataba en el Consejo, hoy lo contencioso se
- M. uno para las veinte y cinco leguas en contorno de Madrid', y otro para lo restante del Reyno , excepto
- que se incluyen las Islas de Canarias ; y otra de la Co rona de Aragon, en la que se comprehenden Valencia
- estas demandas, y lo mismo otras muchas, que pen den ante los Jueces superiores, é inferiores del Reyno
- , y los Consulados de Lima, ó México, se deciden en los términos j que previenen las Leyes de aquel Reyno
- pena de perder el mayo razgo , por la que pasa al siguiente en grado (5). 13 Aunque por la Ley del Reyno
- en que conforme a la Ley de Segovia deba admitirse , lo mis mo que de las Audiencias de Zaragoza, y Valencia
- sentencia de revista , y sí de el en que se haga á la vela la Flota, ó Armada, que saliere de aquel Reyno
- sus requisitorias pa ra la remisión del delinqüente, ó delinqüentes ; y aun que por las Leyes del Reyno
- Juicio Criminal. 3°7 dinaria , sino es solo en la que refiere nuestra Ley del Reyno (i). . 34 El que
- M. ó algun Concejo, se ex presa en la Ley del Reyno (2). 42 La pena del Tutor , ó Curador , que desflora
- seis años á galeras ; cuya pena se extienda para con los que las traygan de fue • ra y vendan en el Reyno
- M. inclusos los de Aragon, Valencia, Cataluña, y Mallorca , baxo la pena á los que usa sen de las insinuadas
- que usan de las prohibidas. 46 La pena que anteriormente dexo expuesta se le impone por la Ley del Reyno
- Despáchese. i Por repetidos Acuerdos del Reyno se ha impues to el tributo con nombre de Sisa sobre la
- Formatos:
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Resultado número:2 Texto
- Título:
- Práctica universal forense de los tribunales de España, y de las Indias. Volumen II / su autor don Francisco Antonio de Elizondo ... - Registro bibliográfico
- Autor:
- Elizondo, Francisco Antonio, n. 1743
- Portales:
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- Pub. orig.:
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- Fragmentos 'Escritores del Reyno de Valencia' en la obra : (20 coincidencias encontradas)
-
- de las Contrataciones de Cadiz ,y Vizcaya : de Sevilla , Canarias , Aragon , Barcelona , Mallorca, Valencia
- Instrucción dispuesta para mayor claridad , y fa cilidad del cumplimiento de la Ley del Reyno ; en cu
- no puedan pedirse en ambos Juicios Executivo , y Ordinario , véase al Señor Ve la (')• , , 8 En el Reyno
- Ley (3)9 En el Reyno de Mallorca, si se leen los 73 Es tatutos , impresos. en sus .
- : en cuyo caso debe admitirse es ta prescripción. 10 El Bayle General de la Ciudad de Palma en el Reyno
- Alonso los tres Diputados de los Jurados de aquel Reyno, explicados, y moderados en el de 1441 , las
- M. en 6 de Oétubre de 1576 , impresas en el libro de las Ordenanzas del Reyno de Mallorca, desde el fol
- Y últimamente , por via de.equidad , en el Reyno de Galicia los raíces- dentro de treinta años desde
- ,. sailisfectio’el acreedor, con los daños, é intereses; cuya solicitud algunos Escritores quieren se
- Juan de Aragon , inserto en el tomo de Or denaciones de aquel Reyno : en las Indias ; y última mente
- Juicio Ordinario. i6r que no podía dexar con lustre á la posteridad. 15 En el Reyno de Valencia es práctica
- cada Reyno, y Provincia estables , y seguros, hallan do en la jurisdicción , y territorio del amigo
- No se cumplen Cédulas algunas sin Sobrecarta de este Consejo en el Reyno , á cuyo fin las comuni can
- A los principios de aquel Reyno se gobernó en lo contencioso por el Lugar-Teniente de S.
- la Real Audiencia de Aragon, del que se le envió copia con la nueva planta. ■' AUDIENCIA REAL DE VALENCIA
- linea del último poseedor (1); cuya doc trina corria como en los mayorazgos de Castilla en los de Valencia
- A. digo , que mi Parte ha seguido pleyto en la Real Audiencia de aquel Reyno con D.
- Laicos en el Prin cipado de Cataluña, y todos los demas secularizados, así en los Reynos de Aragon , y Valencia
- ellos,45g. de Sevilla, Canarias, Za 2. ragoza, Barcelona, Ma Apelante al Consejo en los llorca , Valencia
- Graciosa, qué sea en el Reyno de Galicia, y dentro de qué tiempo deba in tentarse , 58. 7.
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