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Expulsión y exilio de los jesuitas de los dominios de Carlos III

Catálogo: Selección de textos

El Conde de Aranda, presidente del Consejo de Castilla, informa al secretario de Gracia y Justicia, Manuel de Roda, de los preparativos de la expulsión prevista para los primeros días de abril de 1767

Aranda a Roda, Madrid, 16 de marzo de 1767

En conformidad con lo resuelto por S.M. a Consulta del Consejo Extraordinario de 29 de enero de este año acerca del negocio de los Jesuitas, y en vista del Real Decreto de 21 del pasado para el extrañamiento de los Regulares de la Compañía y ocupación de sus temporalidades, que hice presente en aquel Superior Tribunal, se arreglaron por mí todas las Instrucciones y Órdenes para la exacta ejecución.

Consideré que materia tan importante y grave pedía la más cabal disposición para prevenir en lo posible el menor yerro de los ejecutores por la diversidad de sus talentos, supliendo en las órdenes lo que ellos tal vez no alcanzarían, y dejándoles también un justo arbitrio en todo lo accidental que no eludiese o contrariase al espíritu de lo resuelto.

Comuníquelo todo al Consejo Extraordinario, donde se vio con aprobación, y en su consecuencia se despacharon para Indias y Filipinas las Órdenes, que ya están navegando desde el día 6 del corriente, siendo los vientos que corrían últimamente favorabilísimos para adelantar la navegación; de manera que ya van corridos diez días.

Para España se han preparado también las Órdenes con igual noticias del Consejo Extraordinario, y todas están esperando la de S.M. para fijar la época de la ejecución de la Península e Islas adyacentes.

En la Consulta se proponía intermedio de 20 a 30 días desde la salida del paquebote con los pliegos, porque engolfada la embarcación, y adelantada en el viaje no había riesgo de que por otra vía llegase a las Indias este suceso, desconocido todavía dentro de esta Península.

Como ya han corrido diez días desde la salida de la embarcación, fue preciso reflexionar en la parte ejecutiva de España, y aún en esto creí por conducente oír el dictamen de los Ministros del Consejo Extraordinario, los cuales con el Fiscal se han juntado esta noche en mi casa, y se ha tratado del asunto largamente. Se reflexionó que los jesuitas recelan de la impresión secreta que se hace, aunque ignoran su contenido, y han llegado a valerse del Patricio, o Galván, quien con otros pretextos pasó a la Imprenta por descubrir (aunque se le deslumbró) algún terreno.

Han fomentado voces de tumulto en Portugal, y que las impresiones eran contra todas las Órdenes Religiosas por mover los ánimos, según su acostumbrado método, cuando recelan algo que crean serles desventajoso.

También se ha considerado que la detención de los Procuradores de Quito (que se sabrá acá dentro de seis u ocho días) les aumentará las sospechas, los pondrá en zozobra y daría lugar a sustracción de caudales u otras prevenciones.

Finalmente, se nota entre los padres alguna especie de mayor movimiento y sobresalto, de que ha inferido el Consejo Extraordinario que en la tardanza no hay ciertamente utilidad alguna que esperar, antes bien contingencias; y por lo contrario en la actividad y brevedad siempre se ganaría, por lo que unánimemente nos hemos reunido en el dictamen de que conviene abreviar la total ejecución.

Para fijar el tiempo de ésta ha parecido debía ser el que S.M. no esté en Madrid antes de la Semana Santa, y consecuentemente que para el día 3 ó 4 de abril próximo se podría ejecutar generalmente en España lo respectivo a ella, habiendo tiempo suficiente para que todas las cartas lleguen antes, según el cálculo y ruta ordinaria de los correos que hemos tenido presente, aprovechando viernes y sábado próximos para la dirección.

En este supuesto sería necesario desde el viernes de esta semana empezar a comunicar las órdenes, que todas se hallan prontas, y sólo resta ponerles fecha, dirección y día del general cumplimiento en el Reino; para lo cual sólo aguardo el Real permiso.

Hasta ahora creo por los efectos haber conducido este negocio a satisfacción del Rey en el secreto, actividad, extensión de las diligencias y felicidad en la práctica, habiendo sido mayores las dificultades que se han vencido.

Merezca yo, pues, a la Real benignidad, que debiendo ser responsable de la ejecución, se me permita proceder a ella en la forma expresada, en inteligencia de que en esto no hallo reparo alguno, pues aún el que S.M. dilate dos o tres días más la venida del Pardo a Madrid de según el uso pasado, no sería necesario, y en la tardanza tal vez pueden resultar algunos inconvenientes, que se evitan en la forma indicada.

Sírvase V.S. hacerlo presente al Rey sin pérdida de tiempo para que pueda yo arreglar mis providencias a su Soberana determinación.

Hallándose en este sitio las autorizadas personas que opinaron sobre la Consulta resolutiva del Consejo Extraordinario, a éste y a mí nos toca producir lo más conveniente, y a la Junta de ahí, si el Rey se lo remitiese, el explicar su sentir sobre lo mismo.

El Consejo Extraordinario y yo quedaremos a cubierto si de haberse retardado resultase algún incidente embarazoso; ahora S.M. resolverá lo que fuese de su mayor agrado y servicio.

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